
Nueva regulación a la objeción de conciencia por aborto en 3 causales ya es oficial: Oposición no acudió al TC
Pese a las advertencias de la oposición de presentarlo ante el Tribunal Constitucional (TC), el nuevo reglamento que regula la objeción de conciencia en la Ley 21.030 sobre interrupción voluntaria del embarazo quedó oficialmente en vigor.
La normativa fue publicada en el Diario Oficial el pasado 27 de mayo y busca garantizar que ninguna mujer o niña vea restringido su derecho a acceder a esta prestación médica por causas de conciencia en el sistema de salud.
Sectores de la oposición habían presentado cuestionamientos ante la Contraloría General de la República (CGR), solicitando declarar algunos artículos del reglamento como inconstitucionales. Sin embargo, la propuesta no fue presentada ante el TC pues el plazo ya acabó el domingo pasado.
Para el Ejecutivo, se trata de un avance significativo en derechos reproductivos. La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, calificó la entrada en vigencia del reglamento como un "triunfo para la salud pública".
"Hemos recibido numerosos testimonios de mujeres y niñas que han debido recorrer largos trayectos para encontrar un centro de atención, debido a que en algunos recintos el 100% de los médicos se declaraban objetores de conciencia. Este reglamento busca precisamente cambiar esa realidad", manifestó.
¿Qué dicta el nuevo reglamento que regula la objeción de conciencia?
1) Todos los establecimientos de salud deben garantizar atención médica en las tres causales que contempla la ley: estas son riesgo para la vida de la mujer, inviabilidad fetal y violación.
Para ello, será obligatorio contar con personal no objetor y asegurar procedimientos de derivación ágiles y sin costos adicionales para las pacientes.
2) Todos los establecimientos de salud deben contar con información disponible visiblemente sobre la ley de interrupción del embarazo.
3) El Ministerio de Salud (Minsal) elaborará un protocolo único de derivación entre servicios de salud, con el fin de facilitar el seguimiento al reglamento.
4) Las pacientes podrán saber si la persona que las atenderá es o no objetos de conciencia, con el fin de garantizar la información.