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Realizó enseñanza media online desde Chile en academia de Estados Unidos y Suprema rechazó la convalidación de estudios
Agencia Uno (Referencial)

Realizó enseñanza media online desde Chile en academia de Estados Unidos y Suprema rechazó la convalidación de estudios

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 25.06.2025
La Corte Suprema ratificó que no pueden convalidarse estudios medios realizados desde Chile bajo programas de academias extranjeras. El fallo rechazó el recurso de una joven que cursó enseñanza en casa con una institución de EE.UU., por no cumplir con la exigencia territorial.

Desde 2017, una joven chilena cursó toda su enseñanza media en casa, con el acompañamiento constante de sus padres y siguiendo el programa académico de una academia estadounidense llamada “Home Life”.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, las clases se realizaron de manera presencial en su hogar y las evaluaciones fueron a distancia.

Tras completar los estudios, la academia le otorgó un diploma y una concentración de notas, certificados válidos en el estado de Tennessee, que fueron debidamente apostillados.

Con estos documentos, su familia solicitó al Ministerio de Educación que se le reconocieran los estudios y se le entregara su licencia de enseñanza media.

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Sin embargo, el 2 de agosto de 2024 la SEREMI de Educación respondió negativamente: argumentó que la convalidación de estudios solo es procedente cuando estos han sido cursados físicamente en el extranjero, no bajo modalidad online desde Chile.

La joven recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago, alegando arbitrariedad en la negativa, discriminación frente a casos similares y una violación a su derecho a la educación.

La Quinta Sala del tribunal de alzada, integrada por las ministras Marisol Rojas Moya y Jaime Balmaceda, rechazó el recurso, señalando que la normativa chilena exige como requisito esencial que los estudios hayan sido realizados en un país extranjero.

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Indicaron que “es un hecho cierto que la actora cursó sus estudios en su casa en Chile bajo la modalidad ‘on line’ en un establecimiento educacional de Estados Unidos, por lo que, claramente, no se cumple con el requisito que los estudios se hayan realizado en país extranjero”.

El fallo fue confirmado el 30 de mayo de 2025 por la Tercera Sala de la Corte Suprema, compuesta por los ministros Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus, Diego Simpertigue, y los abogados integrantes Carlos Urquieta y Andrea Ruiz. Así, quedó firme la decisión de negar la convalidación y la licencia solicitada.

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