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Corte valida que Isapre unifique deducibles tras caso de enferma de cáncer a la que le cobró dos veces por tratamiento
Agencia Uno

Corte valida que Isapre unifique deducibles tras caso de enferma de cáncer a la que le cobró dos veces por tratamiento

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 24.06.2025
La Corte de Santiago rechazó el reclamo de Colmena contra la Superintendencia de Salud, que ordenó unificar en un solo deducible los copagos GES y CAEC de una afiliada con cáncer de mama. El tribunal validó la complementariedad de ambas coberturas para una misma patología.

Una afiliada de Isapre Colmena Golden Cross fue diagnosticada con cáncer de mama, enfermedad considerada catastrófica.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, al iniciar su tratamiento, activó tanto las Garantías Explícitas en Salud (GES) como la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC), dos regímenes que, según la normativa vigente, pueden operar de forma complementaria para evitar costos excesivos al paciente.

Sin embargo, la isapre aplicó deducibles por separado, lo que aumentó el gasto de la afiliada.

Frente a esta situación, la Superintendencia de Salud ordenó a Colmena unificar ambos deducibles, considerando que los copagos realizados por prestaciones bajo cobertura GES deben ser imputados también al cómputo del deducible CAEC, siempre que se trate de la misma patología.

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La isapre no estuvo de acuerdo con esta instrucción y presentó una reclamación para intentar anularla, alegando que la resolución administrativa excedía las atribuciones legales del regulador.

Pero el 14 de junio de 2025, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó de forma unánime la reclamación.

En el fallo –dictado por la ministra Elsa Barrientos, el ministro Daniel Aravena y la abogada integrante Catalina Infante– se determinó que la Superintendencia actuó dentro del marco legal y regulatorio aplicable al sistema mixto GES-CAEC.

Lejos de exceder sus atribuciones, la Superintendencia ejerció sus competencias conforme a lo dispuesto en los artículos 107 y 110 del DFL N°1 de 2005”, sostuvo el tribunal.

La Corte recalcó que los contratos de salud previsional son contratos de adhesión, limitados por regulaciones que buscan proteger al afiliado.

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En este contexto, permitir que se exijan deducibles separados por una misma enfermedad atentaría contra los principios del sistema.

La autoridad administrativa ha interpretado esta complementariedad como un mecanismo orientado a evitar que el afiliado soporte cargas económicas desproporcionadas”, agrega el fallo.

La resolución confirma la validez de la orden impartida en la Resolución Exenta N°1111 del 27 de agosto de 2024, que había sido impugnada por Colmena.

De esta forma, la isapre deberá aplicar un solo deducible conjunto cuando se activen las coberturas GES y CAEC para la misma enfermedad.

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