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Fue condenado por maltrato pero un video mostraba a su pareja agrediéndolo: Corte anuló la sentencia y ordenó nuevo juicio
Agencia Uno

Fue condenado por maltrato pero un video mostraba a su pareja agrediéndolo: Corte anuló la sentencia y ordenó nuevo juicio

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 12.06.2025
La Corte de Valparaíso anuló la condena por maltrato habitual dictada en Viña del Mar, al constatar que el tribunal no razonó el contenido ni valoró el posible mérito exculpatorio de un video donde la denunciante agrede al imputado y reconoce haberle causado un rasguño.

El juicio terminó con una condena de 300 días de presidio para un hombre acusado de maltrato habitual contra su pareja, en un fallo dictado por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar.

Pero esa sentencia fue anulada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso luego de detectar que una prueba relevante presentada por la defensa no fue debidamente considerada: un video en que la denunciante aparece agrediendo al acusado.

Los hechos, según se puede apreciar en el fallo judicial, habrían ocurrido entre 2019 y enero de 2022.

En su defensa, el imputado sostuvo que las acusaciones eran inconsistentes, sin respaldo en medios objetivos, y que la declaración de la víctima tenía contradicciones.

A esto se sumaba que en el juicio se presentó un video registrado el día que, según la denunciante, fue el último episodio de violencia.

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En ese registro, ella lo increpaba por una infidelidad, le impedía salir del lugar y admitía haberle causado un rasguño.

A pesar de esto, el tribunal solo mencionó el video como parte del contexto, sin explicar por qué desestimó su valor.

La Corte consideró que esa omisión constituyó un vicio grave. El fallo —redactado por la abogada integrante Pamela Prado— señala que la sentencia anterior no se hizo cargo del contenido del video ni explicó su eventual mérito exculpatorio.

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La prueba fue usada por el tribunal únicamente como parte del contexto de violencia atribuida al acusado, pero sin un análisis racional de su valor en contrario.

La valoración de la totalidad de los medios probatorios exige no solo una mera mención, sino que se les haya considerado racionalmente”, sostuvo el tribunal.

También apuntó que elementos como pantallazos de mensajes sin identificación del remitente y el testimonio de la madre de la denunciante no pudieron confirmar episodios concretos.

Por ello, la Corte de Valparaíso acogió el recurso de nulidad y ordenó repetir el juicio ante un juez no inhabilitado.

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