
Compin rechazó licencia sin exámenes a trabajadora que denunciaba acoso laboral: Corte ordena evaluación por "carencias"
En julio de 2024, una trabajadora presentó una licencia médica por 21 días, extendida por su médico tratante, debido a problemas de salud mental derivados de episodios de acoso laboral y la crítica situación médica de su padre, quien se encontraba internado en la UCI.
Sin embargo y según se puede apreciar en el fallo judicial, esa licencia fue rechazada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), decisión que más tarde fue confirmada por la Superintendencia de Seguridad Social.
La afectada recurrió entonces a la justicia, denunciando que el rechazo era ilegal y arbitrario, ya que no se habían realizado exámenes médicos adicionales ni se evaluó su estado de salud por un especialista.
Argumentó además que la resolución impugnada solo se basó en argumentos vagos y no cumplía con los mínimos de fundamentación exigidos por la ley.
Pese a estos antecedentes, la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó su recurso de protección, validando el actuar de la Superintendencia, al considerar que se había fundado en antecedentes objetivos revisados por la autoridad sanitaria y que, por tanto, no era ilegal ni arbitraria.
Pero la Corte Suprema revocó esa sentencia. En un fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por las ministras Adelita Ravanales, Jessica González, Eliana Quezada, y las abogadas integrantes Leonor Etcheberry y Andrea Ruiz, acogió el recurso de protección presentado por la trabajadora.
El fallo sostiene que la autoridad actuó arbitrariamente al rechazar la licencia sin realizar nuevas evaluaciones, exámenes o medidas para confirmar su decisión.
Para la Corte, desestimar un permiso médico emitido por profesionales tratantes, sin justificarlo con antecedentes médicos complementarios, vulnera las garantías constitucionales de protección a la vida y la salud, y genera una discriminación respecto de otras personas que sí acceden al subsidio por incapacidad laboral en condiciones similares.
El máximo tribunal ordenó que la Superintendencia de Seguridad Social disponga que la COMPIN correspondiente elabore un nuevo informe médico que determine, con base en una evaluación actualizada, si corresponde o no aprobar los días de reposo contenidos en la licencia médica.
La decisión se adoptó con el voto en contra de la ministra Jessica González, quien sostuvo que la resolución de la autoridad fue razonable y se ajustó a los antecedentes disponibles, especialmente considerando que las licencias no fueron emitidas por un psiquiatra y que ya se habían autorizado 45 días de reposo previos.