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Niños mapuches encañonados con armas: Suprema exige a la PDI
Agencia Uno

Niños mapuches encañonados con armas: Suprema exige a la PDI "extremar precauciones" en operativos

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 04.06.2025
La Corte Suprema revocó fallo de la Corte de Temuco y acogió amparo por actuar desproporcionado de la PDI contra niños mapuches de 5 y 9 años durante operativo en Lonquimay. Fueron rodeados, apuntados con armas y obligados a tirarse al suelo, lo que les provocó crisis de pánico.

Una comunidad mapuche del Lof Quinquén, en la comuna de Lonquimay, vivió entre el 28 y 30 de marzo de 2025 un operativo policial que terminó en los tribunales.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la Policía de Investigaciones (PDI), actuando por orden del Juzgado de Garantía de Panguipulli, realizó un allanamiento en el marco de una investigación por porte de armas.

Pero, durante ese procedimiento, dos niños de 5 y 9 años fueron perseguidos por agentes armados que los obligaron a tirarse al suelo, lo que generó en ellos un fuerte impacto emocional.

Según relató una de las madres, los policías ingresaron sin mostrar orden judicial, revisaron su casa, su taller y su vehículo, y la sacaron por la fuerza de un espacio ceremonial, mientras la apuntaban con armas.

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Además, drones sobrevolaron su predio durante varios días y los menores quedaron con crisis de pánico.

Otro vecino denunció que fue retenido por horas en una camioneta, golpeado e intimidado sin que existiera orden de detención en su contra.

El recurso de amparo fue presentado por abogados de la comunidad y apoyado por la Defensoría de la Niñez.

La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó la acción, considerando que el procedimiento había sido autorizado por un tribunal y que no se acreditaron vulneraciones.

No obstante, recomendó que en futuros operativos la policía extreme precauciones cuando haya niños, personas indígenas o espacios culturalmente significativos.

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La Corte Suprema revocó esa decisión. En fallo dividido, con el voto en contra de las ministras Letelier y Gajardo, el máximo tribunal declaró que, pese a la autorización judicial, hubo un “actuar desproporcionado” que vulneró los derechos de los menores.

Resulta improbable que dichos menores hayan podido ser confundidos con adultos prófugos (…) lo cual no podía sino causar una alteración y afectación anímica a los aludidos infantes”, sostuvo el fallo.

Agregó que por tratarse de niños indígenas, existe una “doble especial tutela por parte del Estado de Chile”.

La Corte acogió el amparo a favor de los niños de 5 y 9 años, y ordenó a la PDI adoptar protocolos compatibles con los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.

El ministro Llanos votó a favor, pero pidió que la protección se extendiera a todos los niños involucrados, sin distinción por edad.

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