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Empresa complementó indemnización con seguro de cesantía al despido injustificado de trabajador: Corte lo declara ilegal
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Empresa complementó indemnización con seguro de cesantía al despido injustificado de trabajador: Corte lo declara ilegal

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 02.06.2025
La Corte de Santiago anuló sentencia y ordenó restituir $820 mil descontados del seguro de cesantía a trabajador despedido injustificadamente. El tribunal reafirmó que no procede imputar esos fondos si la causal invocada no fue acreditada judicialmente.

El despido de un trabajador de la empresa Baumax SpA fue declarado injustificado por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, a pesar de esta decisión, el tribunal de primera instancia permitió que se descontaran $820.081 desde su indemnización por años de servicio, correspondientes al aporte del empleador al seguro de cesantía.

El afectado recurrió de nulidad, acusando que esta deducción era ilegal, dado que la causal invocada para despedirlo —necesidades de la empresa— fue rechazada por el mismo tribunal.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió su recurso. En fallo dividido, la Décima Sala anuló parcialmente la sentencia de primera instancia y dictó una de reemplazo en la que ordenó a la empresa restituir el monto descontado.

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Según el tribunal, la imputación del seguro de cesantía solo es válida cuando la causal del artículo 161 del Código del Trabajo ha sido aceptada por los tribunales.

Al no haberse acreditado esa causal, no procede la aplicación del artículo 13 de la Ley N° 19.728, que permite al empleador cubrir parte de la indemnización con los fondos acumulados en la cuenta de cesantía del trabajador.

La Corte sostuvo que aplicar la norma en este contexto “implicaría premiar un actuar indebido y permitir un aprovechamiento de la propia falta”, favoreciendo a empleadores que invocan causas infundadas para justificar despidos.

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Por ello, se ordenó el pago íntegro de la indemnización por años de servicio, junto con el recargo legal del 30%, sumando un total de $2.369.145 a favor del trabajador.

La decisión fue adoptada por los ministros Mario Rojas y Lilian Leyton, mientras que la fiscal judicial Javiera González votó en contra.

A su juicio, la ley autoriza al empleador a imputar los aportes patronales al seguro de cesantía, aun si la causal del despido no es validada judicialmente, pues el sistema busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones indemnizatorias y equilibrar los intereses de ambas partes.

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