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Rechazaron vacunas y exámenes para su hijo recién nacido por
Agencia Uno

Rechazaron vacunas y exámenes para su hijo recién nacido por "no creer en ellas": Suprema ordenó inmunización obligatoria

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 15.04.2025
La Corte Suprema ordena vacunar a lactante cuyos padres se negaron por motivos personales. El máximo tribunal revocó el fallo de la Corte de Santiago y estimó que esa negativa vulnera el derecho a la vida del menor.

Un recién nacido en perfecto estado de salud fue el centro de una controversia judicial que escaló hasta la Corte Suprema.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el conflicto surgió cuando sus padres decidieron rechazar las vacunas obligatorias que se aplican rutinariamente a todos los nacidos en Chile.

La clínica UC Christus, responsable del parto, recurrió a la justicia acusando que esta negativa ponía en riesgo la vida del menor, nacido el 28 de septiembre de 2024.

Según relató la clínica en su recurso, los progenitores se negaron a que se le administraran vacunas como la BCG (tuberculosis), Hepatitis B, Nirsevimab, vitamina K, exámenes de tamizaje neonatal y otros tratamientos iniciales.

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La doctora a cargo les explicó los riesgos, pero los padres argumentaron que "no creen en las vacunas" y que preferían seguir controles médicos complementarios con un pediatra antroposófico.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la acción. Según ese fallo, los padres tienen derecho a aceptar o rechazar procedimientos médicos en nombre de sus hijos, conforme al artículo 14 de la Ley 20.584.

Además, estimó que no se demostraba un peligro real e inminente para la vida del lactante, y que la vacunación podía realizarse posteriormente sin perder efectividad.

Sin embargo, la Corte Suprema pensó distinto. Revocó la sentencia y acogió el recurso de protección, señalando que la negativa de los padres es una acción ilegal y arbitraria que vulnera el derecho a la vida del niño.

La Tercera Sala —integrada por los ministros Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus, Diego Simpertigue, Jessica González y la abogada Leonor Etcheberry— ordenó que se le administren de inmediato todas las vacunas obligatorias según su edad.

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En el fallo, el máximo tribunal sostuvo: “la negativa a que su hijo sea vacunado conforme al Plan Nacional de Inmunización afecta el derecho a la vida e integridad del niño amparado”.

La Corte también hizo una precisión clave: si bien la vacuna contra la tuberculosis (BCG) es obligatoria en los primeros días de vida, ya no era exigible al momento del fallo, pues el menor tenía más de un mes.

Hubo votos en contra. El ministro Matus sostuvo que el recurso de protección no está diseñado para garantizar la salud pública y que la autoridad sanitaria ya tiene atribuciones para exigir la vacunación.

La ministra González también se opuso, estimando que el fallo de la Corte de Santiago debía mantenerse.

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