
TGR le retuvo $40 millones de indemnización por ser torturado en dictadura por deuda no acreditada: Suprema ordenó devolver
Durante la dictadura militar, un ciudadano fue detenido ilegalmente y torturado por agentes del Estado.
Muchos años después, en 2023, el Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago le otorgó una indemnización de $40 millones por daño moral, suma que fue reconocida mediante una sentencia firme y ejecutoriada.
La Tesorería General de la República debía pagar esa indemnización, pero decidió no hacerlo. En su lugar, retuvo el monto argumentando la existencia de deudas tributarias antiguas, datadas en 1992, 1999 y 2014, y aplicó una compensación directa entre esa supuesta deuda y la indemnización.
El afectado presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, denunciando que no tuvo oportunidad de discutir judicialmente la validez o exigibilidad de esa deuda, y que se le había privado de los fondos que el propio Estado le debía como reparación.
Alegó que la Tesorería actuó como juez y parte, incumpliendo una sentencia judicial y vulnerando su derecho de propiedad.
La Corte de Apelaciones rechazó el recurso, considerando que Tesorería actuó dentro de sus facultades legales al aplicar la compensación según el artículo 6° del DFL N°1 del Ministerio de Hacienda y el artículo 1656 del Código Civil.
Esta decisión fue tomada con el voto en contra del ministro Omar Astudillo, quien advirtió que la compensación se aplicó sobre una indemnización destinada a reparar crímenes de lesa humanidad, lo que contraviene compromisos internacionales de reparación asumidos por el Estado chileno.
La Corte Suprema, en fallo dividido de la Tercera Sala, revocó esta decisión. La ministra Adelita Ravanales sostuvo que la Tesorería incurrió en una actuación ilegal al retener el monto de una sentencia judicial sin acreditar que la deuda tributaria fuera líquida y exigible por resolución judicial.
Subrayó que este tipo de compensación requiere pronunciamiento de un tribunal competente, especialmente tratándose de créditos originados en violaciones a los derechos humanos.
Finalmente, el máximo tribunal ordenó la devolución íntegra de la indemnización al afectado, sin perjuicio de que Tesorería pueda intentar, por la vía judicial correspondiente, el cobro de la eventual deuda tributaria.
El fallo fue dictado con el voto en contra del ministro suplente Juan Muñoz Pardo y del abogado integrante José Miguel Valdivia, quienes estuvieron por confirmar la sentencia de la Corte de Santiago.