
Chofer de camión de basura fue despedido por llevar a su hijo menor a trabajar: Corte validó el despido
Durante su jornada como chofer de un camión recolector de basura, un trabajador permitió que su hijo menor de edad lo acompañara como si fuera un auxiliar más del equipo, sin contar con autorización de la empresa.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, esta situación, que se habría repetido desde diciembre de 2022, terminó siendo descubierta el 11 de febrero de 2023 y provocó su despido apenas dos días después.
El caso llegó al Primer Juzgado del Trabajo de Santiago, donde el trabajador demandó a la empresa Vicmar S.A. por despido injustificado.
El tribunal le dio la razón parcialmente, señalando que si bien la conducta del trabajador era objetivamente grave, la empresa no tomó ninguna medida durante meses, lo que se podía entender como una forma de tolerancia.
Esto llevó a que se considerara que hubo “perdón de la causal”, y se ordenó el pago de indemnizaciones.
Sin embargo, la empresa recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago con un recurso de nulidad.
Alegó que el hecho de llevar a un menor de edad a trabajar, sin autorización ni medidas de seguridad, vulneraba el artículo 184 del Código del Trabajo, que obliga al empleador a garantizar la vida y salud en el lugar de trabajo.
Añadieron que por estos hechos incluso se abrió una causa penal por trabajo infantil y vulneración de derechos.
La Corte acogió el recurso y anuló la sentencia. En su reemplazo, dictó un nuevo fallo rechazando completamente la demanda.
A juicio de la Novena Sala, “lo señalado constituye una acción absolutamente irregular, no sólo por el hecho en sí mismo sino por el riesgo que ello implicaba para un menor de edad”.
El fallo fue enfático en establecer que se trató de un incumplimiento grave del contrato, que justificaba el despido inmediato.
La decisión fue adoptada con el voto en contra de la ministra suplente Paola Díaz, quien estimó que la empresa también tenía responsabilidad, ya que su supervisora conocía los hechos desde diciembre de 2022 y no hizo nada al respecto.
En su opinión, “no puede calificarse de ‘grave’ una conducta que fue provocada en parte por la propia omisión de la empleadora”.