
Megamedia es sancionado por emitir teleserie con escenas violentas en horario de protección: Deberán pagar $13 millones
El fallo confirmó que la empresa deberá pagar una sanción de 200 UTM ($13.661.200), tras acreditar que entre el 27 y el 30 de agosto de 2024 se emitieron contenidos inapropiados en horario de protección al menor, entre las 15:00 y las 16:30 horas.
Las imágenes observadas por el CNTV fueron consideradas incompatibles con el desarrollo espiritual e intelectual de la niñez y la juventud.
En su defensa, Megamedia sostuvo que no hubo violencia excesiva, que no se acreditó daño alguno y que el CNTV no permitió rendir pruebas ni respetó el debido proceso.
Además, alegó que se vulneraron principios como la libertad editorial, la tipicidad y la no exigibilidad de otra conducta.
Sin embargo, la Corte descartó todos estos argumentos, señalando que la empresa no cuestionó la existencia ni el horario de las imágenes, lo que invalidaba la necesidad de un término probatorio.
El tribunal valoró la actuación del CNTV, indicando que la decisión fue debidamente fundada y que el organismo actuó dentro de sus facultades legales.
Según se lee en el fallo, la programación sancionada "podía afectar el normal desarrollo de la formación espiritual e intelectual de los menores", lo que justifica la intervención del Consejo.