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Dentista y centro odontológico deben indemnizar a paciente por herida que requirió sutura y atención hospitalaria
Agencia Uno (Referencial)

Dentista y centro odontológico deben indemnizar a paciente por herida que requirió sutura y atención hospitalaria

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 24.03.2025
La Corte Suprema confirmó la condena contra dentista y clínica en Arica por lesión a paciente durante tratamiento dental y tendrán que indemnizarla. La mujer tuvo que ser atendida de urgencia y sufrió daño emocional.

Una mujer fue a atenderse a un centro odontológico en Arica y terminó con una lesión grave en la encía superior izquierda, justo en la zona del premolar número 12.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el daño fue tan serio que tuvo que ir de urgencia al Hospital Regional, donde recibió tres puntos de sutura.

A raíz de esta experiencia, sufrió un fuerte impacto emocional que la dejó muy afectada. Por eso, decidió demandar al dentista que la atendió y a la clínica Laru Dent SpA por negligencia.

El tribunal que revisó el caso le dio la razón y ordenó que ambos, el profesional y el centro médico, respondieran por el daño causado, pagando una indemnización.

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Pero los condenados no estuvieron de acuerdo con la sentencia y presentaron un recurso para tratar de anularla.

Alegaron, entre otras cosas, que el dentista no había firmado ningún contrato con la paciente, que no se había probado bien la existencia del daño moral, y que tampoco se demostraron otros daños como gastos médicos o pérdida de ingresos.

La Corte Suprema revisó ese recurso y lo rechazó completamente. En un fallo unánime, los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, María Soledad Melo Labra y el abogado Raúl Fuentes Mechasqui concluyeron que el recurso no tenía base suficiente.

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Según el máximo tribunal, no se puede cambiar lo que ya se dio por demostrado en el juicio, como el hecho de que hubo una lesión directa provocada durante la atención dental y que eso le causó un daño emocional a la paciente.

La relación de causalidad entre el incumplimiento de los demandados y el daño sufrido por la paciente fue claramente establecida”, dice el fallo.

También aclara que la Corte Suprema no puede volver a revisar las pruebas que ya fueron analizadas por los jueces del juicio, a menos que se haya violado alguna norma importante del proceso, lo que en este caso no ocurrió.

Por lo tanto, el fallo que condenó por negligencia tanto al dentista como a la clínica quedó firme.

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