
Condenan a empresa y dueños de bus a pagar $32 millones por accidente con un herido grave y pérdida total de auto
Un violento accidente de tránsito ocurrido en la llamada “Subida del Pescador” de Talcahuano en agosto de 2021 dejó a un conductor atrapado al interior de su automóvil luego de ser impactado de frente por un bus de la empresa Vía Láctea.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el bus, que descendía sin control y en sentido contrario, era conducido a exceso de velocidad y con fallas en la maniobra de frenado.
Como resultado del choque, el afectado fue rescatado por personal del SAMU y Bomberos y trasladado al Hospital Las Higueras de Talcahuano con lesiones graves, entre ellas una fractura costal, cervicalgia y un cuadro ansioso-depresivo, lo que lo mantuvo con licencia médica durante 51 días.
El vehículo, propiedad de su madre, fue declarado pérdida total. Ambos demandaron por responsabilidad extracontractual a la empresa de locomoción colectiva, a la propietaria del bus y al empleador del conductor fallecido que manejaba la máquina al momento del accidente.
El Primer Juzgado Civil de Concepción, en sentencia dictada por el juez Denis Oyarce Orrego, acogió la demanda y estableció que los demandados son solidariamente responsables de los daños causados.
El tribunal concluyó que el conductor del bus infringió normas fundamentales de tránsito, y que ni la empresa ni los demás responsables lograron probar elementos que los eximieran de responsabilidad.
“(…) Aparece como normal y evidente que quien sufre un accidente de las características del ocurrido (…) sufra, además de un daño físico, un sufrimiento psíquico, dolor o aflicción, debido a sus dolencias, además de una conmoción emocional por el trauma que aquello significa”, expresó el tribunal en el fallo.
Por todo lo anterior, se condenó a los demandados a pagar solidariamente $30.000.000 por daño moral al conductor del automóvil y $2.355.105 a su madre por el daño emergente correspondiente al valor fiscal del vehículo siniestrado.
Las sumas deberán pagarse con reajustes e intereses desde que la sentencia quede ejecutoriada.