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Venezolana intentó regularizar su situación solicitando refugio en Chile 2 veces, pero Migraciones no tramitó su caso: Corte falló a su favor
Agencia Uno

Venezolana intentó regularizar su situación solicitando refugio en Chile 2 veces, pero Migraciones no tramitó su caso: Corte falló a su favor

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 03.02.2025
La Corte Suprema ordenó al Servicio Nacional de Migraciones recibir y tramitar la solicitud de refugio de una mujer venezolana, tras determinar que su rechazo verbal fue ilegal y discriminatorio. El organismo tiene 20 días para emitir una respuesta formal.

A principios de 2023, una mujer venezolana acudió en dos ocasiones a la oficina del Servicio Nacional de Migraciones en Talca para solicitar refugio en Chile.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, llevaba consigo el formulario requerido y toda la documentación de respaldo.

Sin embargo, el funcionario que la atendió le hizo varias preguntas sobre por qué no había pedido refugio en otro país y por qué no se había quedado en Venezuela.

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Finalmente, le devolvió los papeles sin aceptar su solicitud ni darle una respuesta formal.

Ante esta situación, presentó un recurso ante la Corte de Apelaciones de Talca, pidiendo que se obligara al Servicio de Migraciones a tramitar su solicitud.

Sin embargo, la Corte rechazó la acción, argumentando que no había pruebas suficientes para considerar que el servicio había actuado de manera arbitraria o ilegal.

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Inconforme con esta decisión, la mujer llevó su caso a la Corte Suprema. Allí, los jueces determinaron que la negativa del Servicio Nacional de Migraciones sí fue ilegal, ya que el organismo tiene la obligación de recibir y evaluar cada solicitud de refugio sin discriminar a quienes la presentan.

Además, señalaron que, al negarse a recibir los documentos, el servicio la trató de manera desigual respecto de otras personas en una situación similar.

Por esta razón, la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones y ordenó que, en un plazo de 20 días, el Servicio Nacional de Migraciones reciba la solicitud y emita una respuesta formal, ya sea aceptando o rechazando la petición, pero cumpliendo con el procedimiento que establece la ley.

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