Suprema falla a favor de vecinos de Ancud a quienes les instalaron un cerco y cobraban peaje para circular
Ideogram

Suprema falla a favor de vecinos de Ancud a quienes les instalaron un cerco y cobraban peaje para circular

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 19.12.2024
La Corte Suprema ordenó retirar un cerco que bloqueaba un camino usado por décadas en Ancud, declarando ilegal la acción unilateral del propietario y reafirmando que los conflictos vecinales deben resolverse en tribunales, no con actos de fuerza.

En un sector rural de Ancud, un camino utilizado por más de 30 años se convirtió en el centro de una disputa legal y vecinal.

Eso luego que uno de los vecinos presentara un recurso de protección por la instalación de un cerco de madera que no solo bloqueó el acceso y salida a su propiedad, sino también un proyecto de electrificación comunitario.

Un conflicto vecinal que terminó siendo zanjado por los ministros de la Corte Suprema.

Cobrando peaje y levantando amenazas

El conflicto surgió cuando el propietario de un terreno vecino instaló un cerco en el camino que conectaba una propiedad con la vía pública.

Según la persona afectada, ese camino había sido utilizado durante tres décadas por varias familias del sector, pero el propietario "emprendedor" no solo cerró el acceso, sino que también exigió un pago por usarlo.

[Te puede interesar] Centro médico quería importar partes de cadáveres para docencia e investigación: Corte lo rechaza por ilegal

Convencido de su posición, también amenazó a los vecinos con no permitir el paso para instalar postes eléctricos, proyecto comunitaria muy necesitado.

Tras las denuncias, Carabineros constató en terreno la instalación del cerco y notificó, con una orden judicial, la orden de no innovar dictada por los tribunales que obliga a retirarlo.

Sin embargo, el propietario del terreno afirmó que prefería ser detenido antes que desmantelar el cerco, argumentando que estaba dentro de su propiedad y que no existía un camino legalmente constituido.

En su defensa, el dueño del terreno sostuvo que el camino era de uso privado y que la persona afectada, junto con otros vecinos, tenían acceso a un camino público por otro lado de su terreno.

También acusó que su solución había afectado su salud y su reputación debido a publicaciones realizadas en redes sociales.

[Te puede interesar] Se adueñó de casa que le prestaron solidariamente y la usó de estacionamiento: Tras 6 años rechazan desalojo

Suprema confirmó "ilegalidad"

Tras varios idas y venidas en los tribunales, en primera instancia la Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó el recurso presentado por uno de los afectados argumentando que no se acreditaba un derecho claro que justificara el uso del camino.

Según el tribunal, la vía había sido utilizada por mera tolerancia del propietario, quien no tenía obligación legal de mantenerla abierta.

Además, señaló que el conflicto debía resolverse mediante una acción judicial distinta.

Sin embargo, en Santiago, la Corte Suprema revocó la decisión de los jueces de Puerto Montt al considerar que la instalación del cerco "constituía un acto de autotutela ilegal".

[Te puede interesar] Álvaro Corbalán, casi ciego, mantuvo por 9 años en Punta Peuco "estudio de grabación": Se lo requisaron

Según el fallo de la Tercera Sala de la Suprema, integrada por los ministros Adelita Ravanales, Mario Carroza y Dobra Lusic, junto con los abogados integrantes María Angélica Benavides y Raúl Fuentes, “la conducta desplegada […] constituye una actuación ilegal, toda vez que ejerció un acto de autotutela, proscrito por nuestro ordenamiento jurídico”.

Bajo ese argumento, el falló ordenó el retiro inmediato del polémico cerco de madera, restableciendo el acceso libre hacia la propiedad de la denunciante, subrayando que cualquier disputa sobre derechos de tránsito debe ser resuelta en tribunales.

Un patrón en los conflictos vecinales

Este tipo de conflictos vecinales no son un hecho aislado en los tribunales. En septiembre de 2024, un vecino en la Región de Valparaíso cavó una zanja en la entrada de una playa para impedir el acceso de turistas y pescadores, alegando derechos exclusivos sobre la propiedad.

En este caso, la justicia también dictaminó la ilegalidad de la acción y ordenó restablecer el acceso público​ a favor del bien común.

Un mes después, en tribunales de Santiago, un vecino que instaló un portón con candado para bloquear el acceso a un pasaje también debió retirarlo por orden judicial para restablecer la circulación de sus vecinos​.

En octubre, otro caso en la Región Metropolitana obligó a un propietario a demoler un muro divisorio que había ocupado 429 metros de terreno de sus vecinos, acción que también fue declarada ilegal por la Corte.​

En cada uno de estos casos, los tribunales dejaron claro que el uso indebido de la autotutela está prohibido por el ordenamiento jurídico y que el libre tránsito tiene prioridad.

[Te puede interesar] Había conseguido que Apelaciones declarara prescrita su deuda CAE de $25 millones pero Suprema revirtió