Había conseguido que Apelaciones declarara prescrita su deuda CAE de $25 millones pero Suprema revirtió
Agencia Uno

Había conseguido que Apelaciones declarara prescrita su deuda CAE de $25 millones pero Suprema revirtió

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 17.12.2024
La Corte Suprema determinó que las deudas del Crédito con Aval del Estado (CAE) no prescriben cuando el Fisco asume el pago, ordenando continuar con el cobro de una deuda impaga. El fallo revoca decisiones anteriores y aclara que estas obligaciones deben pagarse sin importar el tiempo transcurrido.

Hace unos años, un hombre solicitó un Crédito con Aval del Estado (CAE) para pagar sus estudios superiores.

Sin embargo, y según se puede apreciar en el fallo judicial, al no poder cumplir con los pagos, la deuda fue asumida por el Fisco de Chile, que actuó como garante.

La Tesorería General de la República, encargada de cobrar el dinero, presentó una demanda para recuperar el monto de la deuda, que alcanzaba 641,3 UF (Casi $25 millones de pesos).

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Cuando el caso llegó a los tribunales, el hombre alegó que la deuda estaba prescrita, es decir, que había pasado demasiado tiempo desde que vencieron los pagarés hasta que fue notificado de la demanda.

En un comienzo, el Tribunal Civil de Santiago aceptó este argumento, al igual que la Corte de Apelaciones, que confirmó que el plazo para cobrar había vencido.

Sin embargo, la Tesorería no estuvo de acuerdo y llevó el caso hasta la Corte Suprema. Allí, el máximo tribunal del país determinó que las deudas del CAE no prescriben cuando el Fisco es el titular, tal como lo establece la Ley N° 20.027.

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Según la ley, el Estado puede cobrar estas deudas sin importar cuánto tiempo pase y tiene la obligación de hacerlo hasta que el total sea pagado.

La Corte Suprema explicó que el CAE tiene reglas especiales porque es un crédito respaldado por el Estado.

Si el estudiante no paga, la deuda no desaparece, y el Fisco puede usar varios métodos para recuperarla, como embargos o retenciones de impuestos.

Por esta razón, la Corte revocó las decisiones anteriores y ordenó que se continúe con el proceso para cobrar la deuda.

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