Líder de la CAM Héctor Llaitul pasará 23 años en la cárcel: Suprema ratifica histórica condena
Luego de filtrarse la noticia durante el fin de semana, este lunes la Corte Suprema ratificó la condena de 23 años de cárcel efectiva para Héctor Llaitul, fundador y líder de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM).
Con esto, el comunero mapuche agotó todos los recursos con los que buscaba dejar sin efecto la condena que recibió en abril recién pasado, cuando fue considerado culpable de delitos castigados por la Ley de Seguridad Interior del Estado. También se sumaron otros como usurpación, hurto de madera y atentado contra la autoridad.
Cabe recordar que en aquella oportunidad, Héctor Llaitul tuvo la oportunidad de defenderse y aseguró que “seguramente esta será una condena en donde yo reciba toda la fuerza del Estado por este mismo choque de cultura, que no nos podemos entender y que va a existir un conflicto permanente”.
“Tengo la profunda convicción, no esa convicción que vi aquí en los fiscales y en los querellantes, que con esto no puedan aplacar la lucha mapuche. Todo lo contrario, se creará un cimiento para que la voz de mi pueblo se levante con mucha más fuerza”, añadió ese día de abril.
Decisión unánime
Este lunes, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia de manera unánime, dejando a firme la condena considerada histórica debido a que nunca antes por la ley de Seguridad del Estado se dio una condena tan alta: 23 años.
“Llaitul no era un mero vocero o werken de la CAM, sino que tenía un liderazgo importante, autocrático, omnipresente de dicha organización”, dijo el fiscal Héctor Leiva al finalizar este juicio.
Los delitos por los que condenaron a Llaitul
De acuerdo a lo que se desprendió en el juicio y que fue publicado por los medios, los delitos por los que condenaron a Hector Llaitul a 23 años de cárcel son:
Hecho 1: Delito contra el orden público sancionado en el artículo 6° letra C) de la Ley 12.927 de Seguridad del Estado. Por este delito el Ministerio Público solicitó 7 años de presidio. El motivo por el que se le acusó fue el “llamamiento” que Llaitul hizo el 8 de enero de 2020 a actuar en contra de las empresas forestales.
Hecho 2: Delito consumado contra el orden público descrito y sancionado en el artículo 6° letra F) de la Ley 12.927 de Seguridad del Estado. Por sus dichos en entrevista con Radio Universidad de Chile tras una serie de hechos violentos ocurridos en las regiones de La Araucanía y Biobío que afectaron a vehículos de transporte, empresas forestales y a sus trabajadores.
Hecho 3: Delito consumado de Usurpación Violenta, ilícito descrito y sancionado en el artículo 457 del Código Penal. Esto por la ocupación del fundo San Sebastián ocurrida el 10 de febrero de 2021 y que se mantenía en la actualidad. En este caso, el ente persecutor logró establecer que Llaitul participó de dicha toma a través de coordinaciones, concurrencia al predio, la ocupación del mismo y ataque a Carabineros.
Hecho 4: Delitos consumados de Usurpación Violenta; hurto simple; y el de atentado en contra de la autoridad a mano armada. Esto por la ocupación en marzo 2021 del predio Renaico Los Pastales, de propiedad de Bosques Cautín. En estas acciones, según la Fiscalía, Llaitul participó activamente, ingresando en diversas oportunidades al predio y desarrollando las acciones de ocupación y sustracción de madera. Por este hecho se pidieron 5 años y 30 UTM.
Hecho 5: Delito consumado contra el orden público descrito y sancionado en el artículo 6° letra F) de la Ley 12.927 de Seguridad del Estado. Esto por una serie de declaraciones al sitio “Chile Today News” que fueron publicadas en la plataforma YouTube. Cinco años se solicitaron en este caso igual.