El voto asistido es un derecho en Chile que se encuentra regulado por la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
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El voto asistido es un derecho en Chile que se encuentra regulado por la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Esto significa que cualquier persona que requieran asistencia para votar pueden ser acompañadas por una persona mayor de 18 años de su confianza, quien deberá identificarse ante la mesa receptora de sufragios y firmar un registro especial.
La persona que asiste en el voto no puede ser candidata ni estar afiliada a un partido político, y solo puede asistir a una persona en el acto de votación.
Además, si la persona no puede ingresar a la cámara secreta por usar camilla, silla de ruedas u otro motivo, estarán autorizados para sufragar fuera de ella. En este caso, la mesa deberá adoptar las medidas necesarias para mantener el secreto del voto.
Las personas ciegas o con discapacidad visual podrán solicitar a la presidencia de la mesa la plantilla de votación con ranuras o la plantilla con ranura y sistema Braille.
Estas plantillas existirán en cada local de votación y podrán ser solicitadas al delegado del local.
Las personas sordas y personas con discapacidad auditiva pueden expresar, a través de la lengua de señas chilena o por escrito, que desean hacer uso del voto asistido.
El Servel contará con intérprete en lengua de señas chilena online para apoyar y facilitar la atención de personas sordas, como una manera de promover la inclusión y participación informada.
Además, se debe permitir el ingreso de perros de asistencia, los que pueden acompañar a sus dueños durante todo el proceso.