Registro Civil deberá aclarar inscripción de nacimiento con huellas dactilares duplicadas
La Corte Suprema acogió un recurso de protección producto del que ordenó al Servicio de Registro Civil e Identificación abrir una investigación para aclarar la inscripción de nacimiento de una persona, cuyos registros dactiloscópicos se encuentran duplicados, detalla Diario Constitucional.
Se trata de "un hecho indubitado que el Servicio de Registro Civil e Identificación, ha tenido por titular de la inscripción" correspondiente al año 1946, de la Circunscripción de Chislluma, que permitió la vigencia de su documento de identidad hasta el año 2015, y luego, fue renovada por orden de la Corte de Apelaciones de Arica.
Respecto de los hechos, la justicia plantea que pareciera existir un contrasentido, dado que la afectada puede acreditar su identidad a través de su cédula, mientras que por otra parte se le niega la documentación que respalda su nacimiento.
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Esta situación de incerteza jurídica, asegura el máximo tribunal, tiene su origen en la deficiencia de antiguas tecnologías usadas por el Registro Civil, concluyendo el fallo que la actuación de la entidad ha sido arbitraria e ilegal desde que vulnera la garantía de igualdad de la afectada, dado que con negativa de conceder el documento que acredita su nacimiento, que habilita la materialización de distintos trámites, omite cualquier solución al amparo de una denuncia ante la Fiscalía Local de Arica, por el eventual delito previsto y sancionado en el Código Penal, sin resultado conocido.
En consecuencia, se ordena que, en un plazo de seis meses meses, efectúe una investigación para aclarar la situación para la que se requiere una solución.