Registro de deudores de pensión de alimentos suma más de medio millón de consultas
Este viernes, el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género dio a conocer las cifras que acumula el nuevo Registro Nacional de Deudores de pensión de alimentos.
A tres semanas de haber sido promulgada la ley que lo establece, ya se cuenta con las primeras cifras respecto de su funcionamiento: se han enrolado 1.600 instituciones, se han realizado 650.000 consultas al sistema y ya se han ejecutado 411 inscripciones solicitadas por tribunales.
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“Se trata de un sistema electrónico administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificaciones, remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona o institución que tenga la obligación legal de consultarlo, tales como deudores, demandantes, representantes legales, tribunales, bancos, notarias, municipalidades, entre otras instituciones públicas y privadas”, aseguró la secretaría de Estado.
Cabe indicar que, para ingresar al Registro, debe existir una causa por deuda de pensión de alimentos ante los Tribunales de Justicia, los cuales deben evaluar los antecedentes.
Los alimentarios deben solicitar al Tribunal correspondiente, la liquidación de la deuda, que será puesta en conocimiento del alimentante. Si éste tiene una deuda de tres meses continuos y/o cinco discontinuos y no hace el pago una vez realizada la liquidación; el Tribunal envía los antecedentes al Servicio del Registro Civil e Identificación, para que éste inscriba al alimentario deudor en el Registro de Deudores.
Dentro de las consecuencias de ingresar a este registro se encuentran:
- Retención del dinero de operaciones de crédito que realice la persona deudora (desde 50 UF o más se retendrá el 50% del crédito)
- En caso de venta de inmuebles o vehículos motorizados, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil podrán inscribir la transferencia sólo si se acredita que con las ganancias de la venta se pagarán las mensualidades debidas
- Retención de las devoluciones de impuestos hasta que se salde la deuda
- No renovación de las licencias de conducir ni pasaportes
- Retención de un porcentaje del sueldo de las personas que se desempeñen en alguno de los tres poderes del Estado, u otro organismo público, sea por contratación o ascenso (aplica también a cargos de elección popular y de alta dirección pública)