Salmones Yadrán reconoció incumplimientos ambientales en 4 centros de cultivo de Aysén

Salmones Yadrán reconoció incumplimientos ambientales en 4 centros de cultivo de Aysén

Por: Giglia Vaccani | 23.11.2022
Se trata de “infracciones graves”, aclaró la SMA, que inició un procedimiento sancionatorio contra la empresa.  El principal accionista de Yadrán es Felipe Briones Goich, hijo del fallecido de Hernán Briones Gorostiaga, expresidente de la Fundación Pinochet.

La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio contra Salmones Yadrán por sobreproducción en 4 centros de cultivo de Aysén, infracciones catalogadas como “graves” por la entidad gubernamental.

Este hecho se suma a otros casos en que ha estado involucrada la salmonera. En septiembre pasado, la Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recuso de protección interpuesto por la empresa y confirmó una sentencia en su contra por no tomar muestras ante denuncia de virus ISA en centro de cultivo.

El principal accionista de Yadrán es Felipe Briones Goich, hijo de Hernán Briones Gorostiaga, fallecido empresario fundador Cementos Biobio. Briones Gorostiaga fue presidente de la Sofofa durante el gobierno de Patricio Aylwin y también presidente de la Fundación Pinochet.

La sobreproducción

La empresa utilizó la “autodenuncia”, herramienta prevista en la Ley Orgánica de la Superintendencia, para reconocer el incumplimiento ambiental y realizar acciones correctivas que permitan volver al cumplimiento de la normativa.

Los problemas ocurridos con la Salmonera Cultivos Yadrán se remiten a cuatro Centros de Engorda de Salmónidos (CES), todos ubicados en la región de Aysén.

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La sobreproducción tiene múltiples efectos en el medio ambiente, entre ellos un mayor aporte de materia orgánica e inorgánica en el área de sedimentación del centro, lo cual produce un aumento en el riesgo de escape de peces al medio marino con el peligro de depredación de ejemplares de fauna nativa, incrementa la probabilidad de propagación de enfermedades, aumenta la disponibilidad de fármacos en el medio marino, disminuye la disponibilidad de oxígeno disuelto en la columna de agua y disminuye el flujo de agua en el sector de emplazamiento del centro, entre otros aspectos”, señala el superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra.

En específico, se trata del CES Isla Leucayec Sector 2 Sur-Este (se ubica en el Canal Costa de Quila de Isla Leucayec, Comuna de Guaitecas); CES Isla Jorge Sector 2 Nor-Weste (localizada en el Canal Bynon, al sur de Isla Jorge, sector 2 noreste, Comuna de Cisnes); CES Isla Melchor Sector 3 Nor-Weste y CES Isla Melchor Sector Nor-Weste, ambos ubicados en el Canal Ninualac, dentro del área correspondiente a la Reserva Nacional “Las Guaitecas”.

En todos los casos, las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) permiten una producción de 4.900 toneladas por ciclo, salvo en el caso del CES Melchor Nor-Weste, donde el máximo permitido es 2.970 toneladas.

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La empresa proporcionó información a la SMA en su autodenuncia, la que fue contrastada con exigencias de requerimientos de información y también con datos proporcionados por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca).

En el caso del CES Melchor Sector 3, la sobreproducción en el ciclo 2019-2021 alcanzó las 275 toneladas, mientras que en el CES Melchor Nor-Weste dicha sobreproducción alcanzó 1.175 toneladas en el mismo período. En el CES Leycayec, en el ciclo productivo que se extendió desde octubre de 2018 a abril de 2020, se obtuvo una sobreproducción de casi 2.000 toneladas. Respecto del CES Isla Jorge, entre diciembre de 2019 a mayo de 2021, la sobreproducción alcanzó las 950 toneladas.

En todos los casos, la infracción se clasifica como grave, señala la superintendencia. Por ley, estas podrán ser objeto de revocación de la resolución de calificación ambiental, clausura, o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). En este caso, al ser 4 CES con la misma infracción, la multa máxima podría llegar a 20.000 UTA.

Desde la SMA explican que en este procedimiento, al presentarse la autodenuncia, la empresa debe presentar un Programa de Cumplimiento, con el objeto de adoptar medidas destinadas a propender al cumplimiento satisfactorio de la normativa ambiental infringida. En el caso que éste sea aprobado y debidamente ejecutado, la empresa se eximirá del monto de la multa por haberse autodenunciado.

 

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