Condenan a capitán (r) de Carabineros por crimen de joven obrero en 1973

Condenan a capitán (r) de Carabineros por crimen de joven obrero en 1973

Por: Giglia Vaccani | 03.11.2022
La víctima, Víctor Valdivia Vásquez, quien actualmente permanece como detenido desaparecido, forma parte de la lista de los más de 300 menores y jóvenes asesinados por la dictadura militar.

La ministra en visita extraordinaria para causas de derechos humanos, Marianela Cifuentes, de la Corte de Apelaciones de San Miguel, dictó sentencia de primera instancia y condenó al capitán (r) de Carabineros Hugo Jesús Medina Leiva de la Comisaría de San Bernardo por el secuestro calificado del obrero Víctor Eduardo Valdivia Vásquez (18), ocurrido a contar del 22 de octubre de 1973.

De esta manera, la magistrada condenó a Medina Leiva a la pena de 6 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del secuestro calificado, en su grado consumado, de Valdivia Vásquez, quien a la fecha figura como detenido desaparecido.

De acuerdo a la sentencia, Medina deberá cumplir condena efectiva, para lo cual se le sumará el tiempo que estuvo privado de libertad, desde el 6 al 15 de diciembre de 2016.

Valdivia Vásquez tenía 18 años al momento de su detención y forma parte del listado de los más de 300 menores y jóvenes víctimas que dejó la dictadura militar, según lo estableció el Informe Retting en 1991.

Para la abogada querellante, Carolina Vega, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados este fallo es tremendamente significativo, pues “tras 49 años de impunidad, la justicia, representada por la ministra Marianela Cifuentes Alarcón, logró superar este flagelo, condenando al culpable del secuestro calificado de don Víctor Valdivia Vásquez, un joven de tan solo 18 años, que fue víctima de la brutal dictadura civil militar que afectó a nuestro país en el pasado reciente, y ordenando la reparación de los familiares que le sobreviven, esto es, su madre y sus hermanos”.

Del mismo modo, la abogada sostiene que “este es un fallo apegado al derecho interno y al derecho internacional”. Aunque, acotó,  “el único aspecto que me parece necesario enmendar, es la determinación de la sanción penal, puesto que considero que la pena privativa de libertad impuesta al condenado debe ser aumentada, atendida la gravedad de los hechos fijados por el tribunal, los que además de constituir un secuestro calificado para el derecho interno, constituyen un crimen de lesa humanidad”.

En ese sentido, Vega agrega que “la pena debe ser proporcional a la gravedad de los hechos, como lo mandata el derecho internacional y, en ese sentido, velaremos por el incremento de la sanción punitiva, empleando los recursos que nos franquea la ley”.

La investigación de la ministra Cifuentes logró comprobar que la víctima fue detenida el 21 de octubre de 1973, junto a dos de sus hermanos, Segundo Fernando y Miguel Ángel, después de un operativo realizado por soldados del Regimiento de Infantería de San Bernardo en la población Cuatro Estrellas de La Cisterna.

En el lugar los detenidos fueron torturados y conducidos al basural Bajos de San Agustín, donde se les obligó a correr mientras los uniformados les disparaban. Valdivia Vásquez quedó herido y pudo ocultarse y poco después huir, mientras que sus dos hermanos fallecieron en el lugar a consecuencias de los impactos de bala.

Después de conseguir ayuda, Valdivia Vásquez llegó al Hospital Parroquial de San Bernardo, donde fue operado el 22 de octubre. Ese mismo día, Carabineros de la dotación de San Bernardo lo detuvieron y lo sacaron del Hospital. Desde esa fecha permanece como detenido desaparecido.

    • Revise el fallo acá:

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