Suprema ordena la “inmediata libertad” del condenado por abusos sexuales Nicolás López
La Corte Suprema resolvió acoger el recurso de amparo que presentó la defensa del cineasta Nicolás López, encabezada por la abogada Paula Vial, que le permitirá abandonar el régimen de privación de libertad al que estaba sometido.
En consecuencia, y de acuerdo a lo que publica esta tarde La Tercera, la Sala Penal de esta instancia determinó anular la prisión preventiva en su contra y que desde hace unos días cumplía en el Centro de Detención Preventiva (CDP) de Casablanca, hasta donde fue trasladado desde Santiago 1.
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Respecto de la resolución judicial a la que se llegó tras una votación de 4-1 (en contra se pronunció el ministro Manuel Valderrama), no se encontraron nuevos antecedentes exigidos por ley para decretar la prisión preventiva ya rechazada con antelación, por lo que se dictaminó su inmediata liberación. A favor de su libertad votaron los magistrados Haroldo Brito, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la abogada integrante Pía Tavolari.
En cuanto a los argumentos que sustentan la decisión, los magistrados consideraron que para que se ordenara su prisión preventiva no era suficiente que fuera condenado, en su caso, por dos delitos de abuso sexual.
"La resolución impugnada por el presente recurso de amparo que decretó la prisión preventiva del amparado, tuvo como fundamentos los mismos antecedentes que se tuvieron en consideración para negar la medida cautelar señalada en la audiencia realizada el día 26 de abril de 2022", señalan los jueces, añadiendo que "el artículo 144 del Código Procesal Penal exige la concurrencia de nuevos antecedentes para decretar la prisión preventiva que se rechazó con anterioridad, lo que, conforme a lo razonado en el motivo que antecede, no acontece en este caso (...) fueron dictadas con un poco más de veinte días de diferencia, variando entre ambas ocasiones únicamente el hecho que la sentencia definitiva ya había sido dictada y comunicada, pero, en lo sustancial, la situación no difería".
De acuerdo a la Sala Penal, "ha existido una manifiesta afectación de la libertad personal del recurrente al privársele de esta mediante una resolución que es carente de toda fundamentación, en cuanto a la existencia de nuevos antecedentes que la justifiquen, lo que es mérito suficiente para acoger la acción constitucional intentada en estos antecedentes”.
Nicolás López se mantiene en prisión preventiva a la espera de que la Justicia revise un recurso de nulidad para revertir el fallo que lo condenó a cinco años y un día de presidio.
La prisión preventiva de López
El cumplimiento de la medida cautelar del director de cine condenado por abusos sexuales ha sido un tema controvertido. En una primera instancia, tras ser sentenciado, ingresó al penal Santiago 1, pero su defensa agotó todos los recursos para que esto no se concretara.
En el centro de reclusión capitalino se mantuvo en inicialmente cumpliendo una cuarentena preventiva por los protocolos de COVID-19 en el Área de Salud (ASA) del penal.
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En ese momento, la abogada Vial presentó informes para alertar sobre supuestas situaciones de riesgo si era ingresado a un recinto penitenciario común, por lo que pidió que cumpliera su medida precautoria en el ASA de Santiago 1 o en el anexo Penitenciario Capitán Yáber. Sin embargo, las peticiones fueron rechazadas y la defensa aceptó la propuesta de la Justicia para que López cumpliera la medida en el CDP de Casablanca.