Penta presenta recurso de protección contra la CMF por retiro de 10% de rentas vitalicias y acusa "vulneración del Derecho a la Honra"
El holding Penta, propiedad de Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín, interpuso un recurso de protección en contra de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) en el cual acusa al organismo de realizar actos ilegales causando perjuicios económicos a la compañía, todo esto en el marco de la reforma constitucional que permite el retiro de dineros de rentas vitalicias.
La presentación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, realizada el pasado jueves, se hizo a través de Penta Vida Compañía de Seguros y de Inversiones Banpenta II Limitada, y se encuentra patrocinada por el académico y abogado constitucionalista Arturo Fermandois.
En dicho escrito, las compañías apuntan a los oficios emitidos por la CMF para que los pensionados a través de rentas vitalicias puedan hacer el retiro de fondos correspondiente.
Entre las posibles ilegalidades argumentadas por Penta se encuentra que "el Oficio Circular exorbita y contradice la letra misma de la Reforma Constitucional al definir erróneamente la reserva técnica que soportará los adelantos, disponiendo de dineros de las compañías recurrentes que jamás pertenecieron al pensionado".
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Es decir, el holding acusa que la CMF sostuvo que para calcular el monto del 10% de los fondos se debe incluir una provisión de fondos que la compañía aseguradora aporta por normativa del regulador, además de la Prima Única que aporta el pensionado.
Otra de las irregularidades acusadas por Penta es que el organismo "no convocó a la consulta pública previa que le ordena la Ley N°21.000 para emitir el Oficio Circular, y tampoco dictó la resolución fundada requerida para eximirse de ella".
De la misma forma, alega que dicho oficio "extiende el derecho de adelanto a las rentas vitalicias diferidas -y no a las puras y simples aludidas por la Reforma-, para quienes no son 'pensionados' y multiplica con ello el límite constitucional de 150 UF".
Sobre esto, Penta argumentó que en el caso de las rentas vitalicias diferidas la persona "aún no adquiere el carácter de pensionado, y mal podría tener los derechos que la Constitución atribuyó al actual pensionado. Así, el Oficio Circular incurre en ilegalidad suprema, extendiendo el “anticipo” a titulares de rentas vitalicias diferidas, en circunstancias que la Reforma Constitucional no las menciona, alude ni incorpora a tales rentas vitalicias".
Finalmente, el conglomerado sostiene en el escrito que la CMF vulneró la ley de Bases Generales de la Administración del Estado, la que exige que los órganos deben respetar el derecho de las personas a realizar cualquier actividad económica; y la propia ley orgánica del ente regulador que le exige que sus actuaciones sean "conforme a la Constitución".
Acusa daño a la honra
Por lo anterior, Penta acusa que se vulneró su derecho de propiedad, de igualdad ante la ley y de la libre iniciativa económica. Sin embargo, agrega la "vulneración del Derecho a la Honra (artículo 19 N°4 de la CPR)", aludiendo a que responder al pago de los retiros de 10% de la rentas vitalicias, en los términos de la CMF, pone en riesgo su "prestigio comercial".
"La CMF, mediante los Actos Administrativos Impugnados, ha puesto a la compañía de seguro y a su accionista controlador en una situación sumamente difícil, arriesgando su prestigio comercial por causas no imputables a ellos, al imponerles obligaciones de cumplimiento casi inmediato, que no eran previsibles por las compañías, que no son compatibles con su estructura de inversiones –que son de largo plazo –y para las cuales carecen de la suficiente orientación por parte de la misma CMF", acusa.
Además, Penta sostiene que los actos de la CMF pueden significar que las compañías de seguro no puedan afrontar sus obligaciones con sus clientes: "Más aún, los excesos de la CMF han extendido un manto de duda hacia el futuro, poniendo en entredicho la capacidad de las compañías de seguro para afrontar obligaciones futuras en favor de sus clientes".
Puedes revisar el detalle del texto del recurso de protección a continuación: