Tercer retiro del 10%: ¿Cuándo se votará en la Cámara de Diputadas y Diputados?

Tercer retiro del 10%: ¿Cuándo se votará en la Cámara de Diputadas y Diputados?

Por: Cristian Neira | 14.04.2021
Este martes, la Comisión de Constitución aprobó en particular el proyecto que permitirá a los trabajadores contar con un tercer retiro del 10% de las AFP para enfrentar la crisis. Acá te contamos lo que se viene para la idea legislativa.

Durante la jornada de este martes, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó una indicación sustitutiva, presentada por diputados de la oposición, a los dos proyectos de reforma constitucional que establecen un retiro de fondos previsionales a través de una modificación a las normas permanentes de los capítulos 4 y 5 de la Carta Fundamental, que requiere para su aprobación en Sala de un quorum de 3/5 (92 votos a favor).

Tras la votación en contra de la única indicación presentada a los proyectos que tenían un carácter transitorio se optó por regular esta materia en los artículos permanentes de acuerdo al detalle que explicó el diputado Matías Walker (DC).

¿Cuáles son las indicaciones nuevas?

El texto agrega en el artículo 65 de la Constitución que “por la declaración del Estado de Excepción constitucional de catástrofe, la Cámara de Diputados o el Senado podrán ejercer la iniciativa para autorizar el retiro de los fondos acumulados en las cuentas de capitalización individual de los cotizantes del sistema privado de pensiones, bajo la modalidad y condiciones que fije la presente Constitución o la ley. La moción no podrá generar gasto fiscal directo”.

Se incorpora un artículo 41 bis que señala que “con la finalidad de mitigar los efectos sociales derivados del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública decretado a causa del COVID-19, por única vez, autorizase a los afiliados del sistema privado de pensiones (…), de forma voluntaria, a retirar hasta el 10 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, la que se regirá conforme a la ley 21.295 con excepción del art. 10”.

Se aprobó una indicación aditiva referida a los pensionados por rentas vitalicias, que podrán por una vez y de forma voluntaria adelantar el pago de sus rentas hasta por el monto equivalente al diez por ciento de los fondos originalmente traspasados a la respectiva compañía de seguros, estableciéndose como monto máximo de pago por adelantado 150 unidades de fomento.

¿Qué se viene ahora con el tercer retiro del 10%?

Este miércoles, la Cámara de Diputadas y Diputados comenzará a revisar el proyecto, procediendo a comenzar las argumentaciones de cada uno.

¿Cuándo se votará?

Se espera que este jueves 15 de abril se vote por parte de los parlamentarios.

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¿Qué hará el gobierno de Piñera?

El ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa, hizo reserva de constitucionalidad, pues según el gobierno, se infringen varias normas constitucionales en la indicación sustitutiva aprobada y en lo referido a rentas vitalicias.

 

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