Corte de Apelaciones de Concepción falla contra pesquera Alimar por simulación de contrato

Corte de Apelaciones de Concepción falla contra pesquera Alimar por simulación de contrato

Por: El Desconcierto | 01.08.2016
Fetrapes hizo un llamado para que el Gobierno fiscalice estas malas prácticas que perjudican a los trabajadores del sector. Alimar de propiedad de los Izquierdo Menéndez y Foodcorp, es una de las cuatro pesqueras que concentran el 90% de las cuotas de jurel en Chile; y que la Fiscalía Nacional Económica también la investiga por impedir libertad de comercio.

Tras el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción contra la empresa ALIMAR S.A, la Federación de Trabajadores Pesqueros (Fetrapes), en voz de su presidente Juan Montenegro hizo un llamado para que el Gobierno fiscalice las malas prácticas laborales de la gran industria, que han permitido la simulación de contratos a través de empresas “ficticias”.

“Tanto el Subsecretario Súnico, como la Ministra del Trabajo han hecho vista gorda a estas malas prácticas que realizan la gran industria pesquera y que hemos denunciado en más de una ocasión. Lamentablemente, como ha sido el tenor en el tema pesquero y quizás por qué intereses, el Gobierno no hace nada y hay que esperar que los tribunales tomen cartas en el asunto”, indicó Montenegro.

Según explicó el dirigente la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de nulidad presentado por las empresas contratistas Alimentos Marinos S.A, Inversiones Lomar Limitada, Sociedad Pesquera Fabila y Compañía Limitada, Sociedad Pesquera Comercializadora LOAR Limitada e Industrias Isla Quihua S.A, ratificando el fallo del Tribunal Oral del Trabajo de la comuna (RIT Nº0-954-2015) que determinó que los trabajadores del Sindicato Interempresas Tripulantes Pesqueros y otros a fines (SININTRIPES), que habían sido contratados por las citadas compañías, debían modificar los contratos individuales, “reemplazándose el nombre del empleador por el de Alimar S.A, manteniéndose inalteradas las demás cláusulas del contrato y su fecha”.

Como señala el dictamen de la Corte, el tribunal oral  laboral demostró que en el fondo “se constituyó una empresa o sociedad para cada embarcación y la obligación de cada una se reduce a contratar personal para realizar los viajes de pesca y las labores de vigilancia cuando la nave está en puerto, en tanto que la determinación de cuándo se harán los viajes, los tiempos que durarán, el recurso que se capturará, la cantidad de los mismos y el puerto de recalada son de la empresa mandante, dueña de las naves, o sea Alimar S.A”.

“Las empresas que contratan el personal no tienen otros trabajadores que aquellos que se desempeñan en la respectiva faena (…) todas las operaciones que realizan los operadores de las naves, por contrato, son a nombre de Alimar y la pesca es de propiedad de esta última”.

Para el dirigente “la generación de palos blancos es un grave delito de las 7 familias y que gracias a la Ley Longueira no tiene sanción alguna”, recordando que Alimar de propiedad de los Izquierdo Menéndez y Foodcorp, es una de las cuatro pesqueras que concentran el 90% de las cuotas de jurel en Chile; y que la Fiscalía Nacional Económica también la investiga tras una denuncia de pescadores artesanales que  acusaron restricciones a la libertad de comercio por parte de la industria.