En plena zona urbana de Viña del Mar, el paño Las Salinas acumuló años de contaminación por hidrocarburos y está siendo sometido a un proceso de biorremediación para restaurar el suelo. El proyecto de COPEC generó una fuerte polémica cuando se aprobó en 2022, con el rechazo incluso de la alcaldesa de la comuna Macarena Ripamonti y del Gobernador Regional Rodrigo Mundaca.
El descontento ciudadano y de las autoridades locales responde a que se trata de un proceso que no ha sido practicado a escala industrial en una zona altamente urbanizada, donde existe temor por la remoción de contaminantes y la afectación a vecinas y vecinos, que pedían métodos más cuidadosos.
Biorremediación con condiciones
Debido a esta polémica, el proyecto se aprobó pero el Comité de Ministros le agregó ciertas condiciones al permiso ambiental, para asegurar que el proceso se ejecutaría con vigilancia y participación de la ciudadanía.
Este es justamente el punto que pone en duda el último fallo del tribunal ambiental, que acogió parcialmente la reclamación de las y los vecinos de la zona. Los vecinos experimentan malos olores, dolor de cabeza e irritación de las vías respiratorias luego de iniciado el proceso, y han denunciado irregularidades a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). El tribunal determinó que la SMA archivó las denuncias sin investigar suficientemente.
Pero además, los vecinos alegan que el proyecto se está ejecutando sin implementar un plan de monitoreo participativo de la forma y con los requisitos que estableció el Comité de Ministros en el permiso ambiental del proyecto.
Contaminación y monitoreo participativo
Según el permiso ambiental del proyecto, los titulares debían formar una mesa de trabajo con la Municipalidad para determinar un plan de monitoreo participativo de las principales variables como suelo, agua y contaminantes en el aire, con participación de actores definidos por el municipio. Los vecinos alegan que fue la empresa la que unilateralmente definió a los participantes del plan de monitoreo.
El fallo determina que el plan de monitoreo fue presentado por la empresa y aprobado por la SMA, sin que este organismo verificara la participación adecuada del municipio ni de la ciudadanía en dicho instrumento, tal como lo ordenaba el permiso ambiental.
Según los ministros del tribunal, de los antecedentes revisados no consta que se haya formado la mesa de trabajo con la municipalidad, y la SMA tampoco solicitó información al titular o al municipio sobre la falta de esos procesos.
Viña del Mar y la contaminación
La SMA alega que fue la Municipalidad el ente que nunca se pronunció a la hora de elaborar el plan de monitoreo participativo. Pero según el Tribunal, la SMA debería haber pedido más información al ente edilicio o dejar constancia de este incumplimiento.
“La inactividad municipal no podía ser suplida mediante la designación unilateral de los participantes por el propio titular, pues ello desnaturaliza el carácter participativo de la condición impuesta por el Comité de Ministros, que radicó expresamente en el municipio —y no en la empresa— la definición de tales actores”, decreta el fallo.
Desde la comunidad celebraron la orden de que la SMA vuelva a abrir e investigue las denuncias, pero criticaron que no se haya acogido la solicitud de paralizar las faenas hasta que se haga un plan de monitoreo participativo con los requisitos definidos en el permiso ambiental.
“Respetamos el fallo pero creemos que el tribunal se podría haber pronunciado sobre la paralización de las faenas, ya que el mismo tribunal señaló que el plan de monitoreo participativo no estaba ajustado a derecho”, declara el abogado John Parada, representante de la agrupación Un Parque Para Las Salinas. Por ello, están analizando esta contradicción para determinar cursos a seguir.