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Delitos ambientales

Para combatir 30 nuevos delitos ambientales: PDI se alía con científicos y usa cámaras trampa y drones

Para mejorar la investigación de delitos ambientales la PDI se valdrá de tecnologías de monitoreo y datos usados por biólogos para estudiar la naturaleza.

Por María del Mar Parra 7 de junio de 2026 - 07:30

Desde 2023, Chile convirtió en delitos ambientales conductas que antes sólo derivaban en multas administrativas. Contaminar el agua, extraer recursos naturales de forma ilegal o generar incendios forestales hoy son parte de estos delitos que pueden ser investigados por la PDI y penalizados con cárcel.

Para responder a esta nueva regulación, la PDI creó un Centro de Investigación de Delitos contra el Medio Ambiente y el Patrimonio Cultural (CIDEMA). Uno de los principales desafíos del centro es contar con evidencia científica necesaria para poder cuantificar e interpretar correctamente el daño ambiental y por ende la comisión de los delitos.

Persiguiendo este objetivo, el centro firmó un convenio de colaboración con el Instituto de Ecología y Biodiversidad (IEB). A partir de ello, las cámaras trampa, drones e imágenes satelitales que usan los científicos para estudiar la naturaleza, también servirán a la PDI para fortalecer las investigaciones de delitos ambientales.

Pero el convenio no es solo una transferencia tecnológica sino también de conocimientos, ya que la evidencia de campo recolectada solo tiene peso judicial si quien la analiza cuenta con respaldo científico reconocido. De esta form, las metodologías validadas internacionalmente que usan los investigadores del IEB para convertir datos complejos en evidencia técnica permitirán a la PDI dar sustento a sus investigaciones.

Delitos ambientales en Chile

Tras aprobarse la ley que sistematiza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente en el país, la PDI tiene hoy más de 30 delitos ambientales y patrimoniales bajo su competencia de investigación.

La legislación, que luchó contra la oposición de gremios como Sofofa y CPC, ha sido celebrada por abogados ambientales, ya que Chile se pone al día con respecto a lo que sucede a escala internacional, donde muchos países ya contemplan la existencia de delitos contra el medio ambiente.

Según define la Fiscalía, los delitos ambientales son acciones que, de forma intencional, accidental o negligente, destruyen o menoscaban sistemas naturales, especies animales o vida vegetal cuya protección es valiosa para mantener las condiciones de vida, salud, actividades económicas o culturales.

La institución explica que estos delitos pueden ser cometidos por particulares a menor escala y también en el marco de empresas u organizaciones gubernamentales, como faenas industriales o mineras. También pueden ocurrir con motivo de una negligencia, como los derrames de petróleo por desperfectos en embarcaciones.

Decomiso de ganancias

Uno de los avances celebrados en esta legislación es que agrega la figura del “Comiso de ganancias”, que habilita a decomisar las ganancias que haya obtenido una empresa al incumplir una norma ambiental.

Según explica el abogado ambiental y director de la ONG FIMA, Ezio Costa, esto puede impedir que una empresa incumpla una norma arriesgando incluso la multa, lo que no ocurría antes porque las multas pueden ser incluso menores que la ganancia que percibían las empresas por incumplir la normativa.

Para el abogado, el resultado más deseable de la ley no sería que se sancione a más personas sino que se cumpla cada vez más la normativa ambiental.

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