lunes 08 de junio de 2026

"Repudiable": exministra Orellana alza la voz por Camila Flores y denuncia por filtración de imágenes íntimas

La exministra de la Mujer repudió lo denunciado por Camila Flores y señaló que son miles las mujeres víctimas de estas "manifestaciones de violencia".

8 de junio de 2026 - 17:32

La exministra de la Mujer, Antonia Orellana, respaldó a la senadora Camila Flores tras su denuncia pública en la que acusa a su exmarido de filtrar imágenes íntimas, reiterando que esta práctica se trata de un delito y una "manifestación de la violencia" que viven muchas mujeres.

En pocas palabras

  • Repudiable denuncia: Exministra Antonia Orellana respalda a Camila Flores por filtración de imágenes íntimas.
  • Ley Integral: Orellana recuerda que la difusión no consentida de imágenes es un delito según la Ley 21675.
  • Acusación directa: La senadora Flores acusa a su exmarido de filtrar fotos privadas obtenidas ilícitamente.
Resumen generado por Thinkindot AI

"Repudiable lo que se denuncia. Senadora, la difusión no consentida de imágenes íntimas es un delito de acuerdo a la Ley 21675 #LeyIntegral. Miles de mujeres lo sufren, ocupemos la ley y detengamos en forma amplia esta nueva manifestación de la violencia", escribió la exautoridad a través de X.

La denuncia de Camila Flores

La senadora publicó un video en el que acusa directamente a su exmarido, Percy Marín, de difundir "fotos privadas mías, obtenidas de manera ilícita e ilegal".

La parlamentaria ya denunció los hechos a la justicia, por lo que espera que se investigue "con el extremo rigor con el que yo misma he sido investigada".

Por otro lado, acusó "despecho" de parte de Marín. "No entender que cuando una persona simplemente no quiere estar con la otra y que la relación simplemente se termina, no significa que se deba destruir la vida de otro", asegurando que cada persona tiene derecho a rehacer su vida.

Penas por filtrar contenido íntimo sin consentimiento

La Ley 21.675 o Ley de Violencia Integral contra las Mujeres, promulgada en 2024 cuando la ministra Orellana lideraba la cartera de la Mujer, reconoció que la violencia puede ejercerse no solo físicamente, sino también a través de medios digitales.

En ese sentido, introdujo el artículo 161-D al Código Penal, que establece que quien comparta, envíe o publique imágenes íntimas sin autorización arriesga penas de presidio menor en su grado mínimo (hasta 540 días de cárcel) y multas de 11 a 20 UTM.

En el caso de que la persona que difunda haya sido la misma que obtuviera el material, las penas aumentan a presidio menor en su grado mínimo a medio (hasta 3 años de cárcel).

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Abogado Gabriel Zaliasnik - Agencia Uno

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