martes 12 de mayo de 2026
Nacional

Pescadores artesanales defienden ley de fraccionamiento ante el TC tras ofensiva de empresa Emdepes

El Tribunal Constitucional revisa el requerimiento contra la ley, mientras pescadores artesanales aseguran que los recursos pesqueros no tienen propiedad.

6 de mayo de 2026 - 17:06

Una requerimiento ante el Tribunal Constitucional en contra de la ley de Fraccionamiento (Ley N° 21.752) fue lo que presentó la empresa Emdepes —filial del grupo japonés NISSUIA América Latina S.A.—, hecho que alertó e impulsó a los más de 60 mil pescadores artesanales a defender la normativa y solicitar que la causa sea conocida en el fondo para garantizar su validez.

La normativa, impulsada durante la administración de Gabriel Boric —y aprobada en junio de 2025—, apunta a nivelar la cancha en el sector artesanal y la industria pesquera en materia de cuotas de captura de 23 pesquerías. Sin embargo, la empresa acusa que desde su entrada en vigencia, ha visto reducida sus cuotas de merluza austral y congrio dorado.

El pasado martes, durante la audiencia correspondiente a la causa Rol N° 17.443-2026-INA, el órgano autónomo escuchó los alegatos de la empresa en torno a la admisibilidad del requerimiento, que cuestionan 3 artículos de la normativa que serían inconstitucionales. En tanto, la empresa Aquality Limitada planteó una admisibilidad restringida a aspectos específicos de la ley.

Recursos pesqueros: bien público y no propiedad

En representación de los pescadores artesanales, la abogada Victoria Martínez expuso una postura dual. Por un lado, sostuvo que el requerimiento de la empresa presenta defectos que justificarían su inadmisibilidad, al cuestionar normas de manera general y plantear un conflicto más bien legal que constitucional, especialmente al invocar el Tratado Chile-Japón.

Sin embargo, de manera subsidiaria, pidió al tribunal que igualmente admita la causa, con el objetivo de debatir el fondo del asunto y así reafirmar la validez de la legislación.

Por su parte, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) solicitó derechamente que el caso no sea acogido, argumentando que las normas cuestionadas no resultan decisivas para resolver el conflicto judicial de base.

"Los preceptos impugnados son constitucionales. La Ley N° 21.752 es una política regulatoria legítima que redistribuye el acceso a un recurso natural de uso público. Las autorizaciones de pesca no confieren derechos de propiedad sobre ese recurso; el Estado conserva plenas potestades para regular su aprovechamiento en función del interés general", explicó la abogada.

Durante su intervención, Martínez citó precedentes del propio tribunal, como el denominado “Caso Jibia” (Rol N° 8614/2020), en el que se estableció que la actividad pesquera está sujeta a un alto nivel de regulación y que no existe un derecho adquirido a la mantención de un determinado marco legal.

Ley de Fraccionamiento

La normativa corrigió el corazón de la actual de pesca —también conocida como Ley Longueira debido a la férrea defensa del entonces ministro de Economía, Pablo Longueira, y al pago de sobornos de la industria a parlamentarios en favor de la iniciativa—, que otorgaba más del 70% de las cuotas globales de captura a las empresas.

En cuanto a la merluza común, una de las pesquerías más importantes para el sector artesanal y que generó amplio debate en el Congreso, la distribución con la nueva ley quedó en un 45% para los pescadores, con posibilidad de ascender a un 50%. En tanto, para la industria se definió un 55%.

En términos históricos, la ley representa un hito y responde a parte de las demandas que los pescadores artesanales venían levantando desde hace años: "concurrimos a este proceso porque tenemos confianza en la solidez constitucional de la ley y porque es nuestro deber estar presentes en todos los espacios donde se decida su vigencia", sentenció Hernán Cortés, presidente de Condepp.

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