martes 28 de julio de 2026
Aborto

No basta con latidos: diputado republicano busca castigar con cárcel a quienes vendan pastillas para abortar

Una ofensiva en el Congreso busca tipificar la venta de Misoprostol fuera de las tres causales, fármaco utilizado para abortar.

28 de julio de 2026 - 15:00

En el marco de la batalla cultural contra el aborto, el diputado Agustín Romero (Republicanos) propuso penalizar la venta de pastillas para interrumpir el embarazo fuera de las tres causales de la Ley IVE, incluyendo el fármaco Misoprostol.

La propuesta surge tras semanas de debate entorno al proyecto de ley "Escucha su corazón", presentado por el PNL y que obliga a mujeres a escuchar los latidos del feto o embrión para poder acceder a un aborto en casos de violación, inviabilidad fetal y riesgo de vida de la madre.

Si bien desde el gobierno tanto la ministra de la Mujer, Judith Marín, como otras autoridades han sostenido que el tema del aborto ya esta zanjado y no pretenden impulsar iniciativas para penalizarlo, desde el oficialismo en el Congreso continúan los esfuerzos por impedirlo.

Actualmente, la normativa sanitaria considera una falta la distribución no autorizada de fármacos como el Misoprostol (Misotrol). En ese sentido, la nueva propuesta incorpora un delito autónomo al Código Penal para sancionar con presidio a quien comercialice o facilite estas sustancias fuera del marco de las tres causales legales.

“No podemos tolerar como sociedad que hoy prolifere un mercado informal de un medicamento que puede tener consecuencias graves para la salud de las mujeres y que se ha estructurado sobre la base de generar abortos al margen de la ley”, expresó el diputado Romero.

¿De cuánto sería la pena de cárcel por vender pastillas para el aborto?

Según el borrador de la moción parlamentaria al que tuvo acceso Tele13 Radio, la indicación legal incorpora un nuevo artículo 345 bis al Código Penal.

"El que venda, distribuya, ofrezca, suministre, intermedie o facilite, por cualquier medio, la entrega a terceros de sustancias o medicamentos destinados a causar un aborto fuera de los casos permitidos por la ley, será castigado con presidio menor en su grado medio" "El que venda, distribuya, ofrezca, suministre, intermedie o facilite, por cualquier medio, la entrega a terceros de sustancias o medicamentos destinados a causar un aborto fuera de los casos permitidos por la ley, será castigado con presidio menor en su grado medio"

Es decir, una pena desde 61 días hasta 540 días de cárcel. Sin embargo, si esta conducta es acompañada a través de la difusión de medio de comunicación social, internet o redes sociales, o si el autor obtuviere un beneficio económico, "se aumentará en un grado" la pena de cárcel.

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