lunes 22 de junio de 2026
Judicial

Cuerpo de Bomberos expulsó a oficial por comentarios en grupo privado de WhatsApp: Corte lo reincorpora

Bomberos de Curanilahue deberá reincorporar a su segundo comandante tras fallo que anuló su expulsión basada en mensajes privados de WhatsApp.

22 de junio de 2026 - 12:15

Un segundo comandante del Cuerpo de Bomberos de Curanilahue que había sido expulsado de la institución por comentarios realizados en un grupo privado de WhatsApp logró revertir la medida luego de que la Corte de Apelaciones de Concepción concluyera que la sanción se basó en comunicaciones obtenidas sin autorización de sus participantes.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la Quinta Sala del tribunal de alzada acogió el recurso de protección presentado por el voluntario y ordenó su inmediata reincorporación a la institución, además de restituirlo en el cargo que desempeñaba al momento de los hechos.

La decisión fue adoptada por los ministros César Panés Ramírez, Camilo Álvarez Órdenes y la ministra Viviana Iza Miranda, quienes estimaron que el procedimiento disciplinario desarrollado por el Consejo Superior de Disciplina vulneró garantías fundamentales.

Según expone la sentencia, la prueba principal utilizada para justificar la expulsión correspondía a conversaciones escritas mantenidas en un grupo privado de WhatsApp.

El fallo establece que dichos mensajes fueron obtenidos sin el consentimiento de los integrantes de ese espacio y que, además, no guardaban relación con actividades propias del servicio bomberil.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Corte sostuvo que, si bien las corporaciones privadas cuentan con facultades disciplinarias, estas deben ejercerse respetando las garantías mínimas del debido proceso.

En ese sentido, indicó que las sanciones deben estar precedidas por una investigación racional y justa, con pleno respeto de los derechos de los asociados.

La resolución agrega que el procedimiento disciplinario “nació en base a una verdadera prueba ilícita”, ya que las comunicaciones fueron emitidas en un ámbito privado y luego utilizadas para aplicar la sanción más severa contemplada por la institución.

Asimismo, el tribunal recordó que la Constitución protege la vida privada de las personas, por lo que antecedentes obtenidos infringiendo esa garantía no pueden servir de sustento para una decisión de esta naturaleza.

“Todo lo obrado por los órganos disciplinarios de la institución recurrida, se trasuntan en actuaciones ilegales y arbitrarias”, concluyó la Corte, agregando que no existía una conexión directa entre las conversaciones cuestionadas y actos relacionados con el servicio.

Por ello, el fallo dejó sin efecto la expulsión y ordenó la reincorporación inmediata del recurrente a las filas del Cuerpo de Bomberos de Curanilahue como segundo comandante.

Sigue leyendo
LO QUE SE LEE AHORA
Imagen referencial - Agencia Uno

Las más leídas

Te Puede Interesar