Una mujer de Osorno terminó con fracturas, heridas y fuertes dolores tras caer en plena vía pública mientras acompañaba a su hermano de avanzada edad a comprar. El caso fue revisado por el 1° Juzgado de Letras de Osorno, que concluyó que la Municipalidad incumplió su deber de mantener y señalizar adecuadamente la acera donde ocurrió el accidente.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el hecho ocurrió el 8 de enero de 2025, cerca de las 17:30 horas, en calle Portales con Baquedano, a metros del supermercado “La Bodega”.
Según la demanda, la afectada tropezó con la tapa desplazada de una cámara de inspección para aguas lluvias, que se encontraba parcialmente abierta y sin ninguna señalización de advertencia.
Producto de la caída, sufrió fractura en la muñeca izquierda, heridas en el rostro y contusiones en las costillas. Debió ser atendida en el Hospital Base San José, donde recibió yeso, cabestrillo, suturas, medicamentos y controles posteriores.
La mujer aseguró además que las lesiones afectaron su vida diaria y le impidieron ayudar a su hermano, quien tenía movilidad reducida.
La Municipalidad de Osorno pidió rechazar la demanda y sostuvo que la caída se debió a una supuesta falta de autocuidado de la afectada. Incluso argumentó que el desperfecto era visible y que la mujer caminaba cargando mercadería mientras asistía a otra persona.
¿Qué decidió el tribunal?
Sin embargo, el tribunal descartó esos argumentos. El fallo señaló que el municipio no presentó pruebas que acreditaran negligencia de la demandante ni caso fortuito.
Además, dio por establecido que la tapa estaba desplazada, que no existía señalización de peligro y que la municipalidad incumplió su obligación de supervisar y mantener adecuadamente la vía pública.
La sentencia recordó que las municipalidades tienen el deber legal de administrar y mantener los bienes nacionales de uso público, incluyendo las veredas, además de señalizar riesgos para evitar daños a las personas.
El tribunal concluyó que existió “falta de servicio” por parte de la Municipalidad de Osorno y acogió parcialmente la demanda. Por ello, ordenó al municipio pagar una indemnización de $3.500.000 por daño moral, monto fijado considerando las lesiones, dolores y limitaciones que sufrió la afectada tras el accidente.