Arrendatarios denunciaron que les cortaron la luz y bloquearon el acceso a la vivienda que ocupaban en el Cerro Las Cañas de Valparaíso, pese a que el contrato seguía vigente. La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección y ordenó restituir el suministro eléctrico y terminar con los actos de hostigamiento.
Arrendadores le cortaron luz y pusieron candado en acceso a casa para forzar salida: Corte ordenó frenar hostigamientos
Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó devolver la luz y frenar hostigamientos contra arrendatarios de vivienda en Cerro Las Cañas.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el conflicto comenzó en mayo de 2025, cuando una pareja acordó de manera telefónica el arriendo de una vivienda ubicada en Calle Los Alerces, en Valparaíso.
Según expusieron ante la justicia, el contrato se extendía hasta julio de 2026 y durante los primeros meses pagaron oportunamente las rentas y los gastos de electricidad.
Sin embargo, acusaron que comenzaron a sufrir una serie de presiones para abandonar anticipadamente el inmueble. Entre ellas, denunciaron el corte unilateral del suministro eléctrico, amenazas verbales y la instalación de un candado que impedía el ingreso a la vivienda.
También afirmaron que nunca fueron notificados de una demanda judicial que autorizara esas medidas.
¿Qué dijo la Corte de Apelaciones?
En su informe ante la Corte, la administradora del inmueble reconoció que el propietario decidió cortar la electricidad “como medida de presión” por supuestos incumplimientos de pago y conflictos de convivencia.
Además, acompañó una carta notarial donde se informaba el término del contrato de arriendo.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso concluyó que, incluso existiendo controversias contractuales, los dueños no podían recurrir a medidas de hecho para forzar la salida de los arrendatarios.
El fallo señaló que la legislación contempla mecanismos judiciales específicos para resolver disputas derivadas de contratos de arriendo y que no corresponde actuar por cuenta propia.
La sentencia sostuvo que privar de servicios básicos afecta el derecho de uso y goce de la vivienda y también vulnera la integridad física y psíquica de quienes habitan el inmueble.
Por ello, acogió el recurso y ordenó restituir la electricidad, cesar los actos de hostigamiento y garantizar el libre acceso a la propiedad.