viernes 03 de abril de 2026

Ejército retiró a funcionario por obesidad con cirugía bariátrica programada: Corte anuló y ordenó su reincorporación

La Corte de Apelaciones de Santiago dejó sin efecto el retiro temporal y el cese de sueldo de un músico del Ejército, al concluir que la institución no ponderó que estaba en un programa de cirugía bariátrica y usó informes médicos desactualizados.

9 de febrero de 2026 - 00:00

Un músico instrumentista del Ejército de Chile recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago luego de que la institución dispusiera su retiro temporal por razones de salud y ordenara el cese de su sueldo.

La medida se basó en un informe de la Comisión de Sanidad que lo calificó como “no apto” por obesidad, pese a que en evaluaciones anteriores había sido declarado apto y a que se encontraba incorporado a un programa institucional de cirugía bariátrica en el Hospital Militar.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el funcionario ingresó al Ejército en 1998 y se desempeñaba como saxofonista en la Banda Instrumental del Regimiento Buin.

Aunque la institución conocía que estaba en tratamiento médico y que tenía una cirugía bariátrica programada, el retiro temporal fue decretado antes de la intervención y sin considerar la evolución esperable de su estado de salud.

Posteriormente, su recurso de reposición fue rechazado y se dispuso el cese de sus remuneraciones.

La defensa del Ejército sostuvo que la decisión se ajustaba a la normativa vigente y que la programación de una cirugía futura no modificaba la condición de salud existente al momento de la evaluación.

Sin embargo, la Corte descartó esa postura y puso el foco en la falta de fundamentación del informe sanitario y en el uso de antecedentes médicos desactualizados, emitidos más de un año y medio antes de la resolución de retiro.

El tribunal sostuvo que la autoridad debía explicar de manera clara el cambio de criterio respecto de evaluaciones previas y ponderar los antecedentes médicos más recientes, especialmente considerando que el propio Ejército había facilitado el acceso al tratamiento de cirugía bariátrica.

Al no hacerlo, la medida fue calificada como arbitraria.

En su fallo, la Corte de Apelaciones acogió el recurso de protección, dejó sin efecto el retiro temporal y el cese de sueldo, ordenó la reincorporación del funcionario al servicio activo en el mismo grado y antigüedad, y dispuso el pago de las remuneraciones adeudadas mientras se emite un nuevo pronunciamiento administrativo con antecedentes médicos actualizados.

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