Bloqueó camino con cerco e impidió reparar rotura de matriz dejando a 8 familias sin agua: Corte ordenó retirar el cierre
Una rotura en la matriz del sistema de Agua Potable Rural Mallín del Treile, ocurrida el 1 de noviembre de 2025, dejó sin suministro a ocho familias del sector La Rinconada, en la comuna de Lonquimay.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la emergencia se agravó cuando una cuadrilla del comité a cargo del APR intentó ingresar al lugar para reparar la infraestructura y se encontró con el acceso bloqueado por un cerco instalado en el camino que conduce hasta la matriz.
Según expuso el Comité de Agua Potable Rural Mallín del Treile, el camino había sido utilizado de manera pública e ininterrumpida por más de dos décadas, incluso por buses de locomoción colectiva subsidiada.
Pese a ello, un particular afirmó ser propietario tanto del terreno como del camino y negó el ingreso para realizar los trabajos, situación que obligó a la intervención de Carabineros y de la Municipalidad de Lonquimay ante el riesgo sanitario generado por la falta de agua potable.
La negativa se prolongó durante varias semanas y terminó, a mediados de diciembre, con una prohibición definitiva de acceso.
Ante la imposibilidad de reparar la matriz, el municipio debió implementar un sistema de abastecimiento de emergencia mediante contenedores, que no logró cubrir a todas las familias debido a la compleja geografía del sector, obligando a algunos vecinos a desplazarse varios kilómetros para conseguir agua.
El caso fue revisado por la Corte de Apelaciones de Temuco, que constató, a partir de un informe policial, que el acceso al APR se encontraba efectivamente cercado, impidiendo el ingreso del personal técnico.
El tribunal concluyó que dicha conducta constituía un acto de autotutela arbitrario, al alterar una situación de hecho sin respaldo judicial y afectar derechos constitucionales vinculados al acceso a un elemento básico como el agua potable.
En su resolución, la Corte acogió el recurso de protección presentado por el comité y ordenó retirar el cerco, además de instruir al recurrido a abstenerse de continuar impidiendo el acceso para reparaciones o mantenciones del sistema, disponiendo el cese de toda perturbación que obstaculice el funcionamiento del APR.