Tenía deuda de pensión y se negó a autorizar que su hijo viajara a Europa con la madre: Juzgado dio permiso por 2 años
La controversia se originó a raíz de la negativa del padre a autorizar la salida del país de su hijo, pese a que el viaje estaba debidamente planificado, financiado y justificado.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, ante esa oposición, la madre recurrió a la justicia solicitando autorización judicial para que el niño pudiera viajar al extranjero durante el período de vacaciones.
El caso fue conocido por el Juzgado de Familia de Copiapó. En su análisis, el tribunal revisó los antecedentes aportados, entre ellos la documentación del viaje, su duración, el destino y los beneficios que reportaría al niño, además de la situación alimenticia existente entre los progenitores.
En la sentencia se tuvo por acreditado que el padre mantenía una deuda por concepto de pensión de alimentos en una causa de cumplimiento vigente.
El tribunal descartó sus alegaciones, tanto respecto de una supuesta desconfianza sobre las personas que acompañarían al niño durante el viaje, como de pagos informales de alimentos realizados fuera del sistema judicial, al no haber sido acreditados en audiencia.
La resolución recordó que la normativa permite otorgar la autorización judicial cuando la negativa del progenitor no tiene un motivo plausible, especialmente si existe incumplimiento de la obligación alimenticia.
En ese contexto, se concluyó que el viaje resultaba conveniente para el niño y que no existían razones fundadas para impedirlo.
En lo resolutivo, el tribunal acogió la solicitud y autorizó la salida del país del niño con destino a Europa, entre el 22 de enero y el 24 de febrero de 2026, en compañía de su madre.
Además, concedió una autorización general por el plazo de dos años, permitiendo nuevas salidas sin necesidad de contar con el consentimiento del padre ni presentar una nueva solicitud judicial, siempre por períodos no superiores a 15 días y en compañía de la madre.