Tras supuesto atropello de gato, difundieron su dirección en funa y sufrió ataques en su casa: Corte ordenó borrar publicación
Durante la mañana del 14 de agosto de 2025, una vecina de Antofagasta se enteró de que su nombre, domicilio y otros datos personales estaban siendo difundidos en redes sociales, vinculándola públicamente con el supuesto atropello de un gato.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la publicación incluía fotografías de una vivienda, de un vehículo y antecedentes obtenidos a partir de la placa patente, lo que, según expuso, generó temor por su seguridad y la de su familia.
Tras la difusión, personas llegaron hasta el exterior de su casa a gritar e incluso lanzar objetos.
Según relató en su presentación judicial, ella no había participado en el hecho atribuido y, aun así, quedó expuesta al descrédito público y a una situación de riesgo, al vivir cerca de quien realizó la publicación.
La acción fue presentada como un acto de hostigamiento y de vulneración de su integridad psíquica, su honra y su vida privada.
La persona recurrida reconoció haber efectuado una publicación en redes sociales relacionada con el atropello de una gata callejera, señalando el nombre de la afectada, aunque sostuvo que el contenido estuvo visible menos de 24 horas y que su actuar obedeció a la indignación por el hecho.
Afirmó, además, que no envió personas al domicilio ni participó en los incidentes ocurridos fuera de la vivienda, y explicó que realizó una denuncia formal por no conocer la identidad de quien conducía el vehículo involucrado.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección.
El tribunal concluyó que la publicación de datos personales, fotografías y antecedentes domiciliarios, asociando a una persona a un presunto delito, configuró una afectación al honor y a la vida privada, derechos protegidos por la Constitución.
Indicó que este tipo de conductas constituyen una forma de autotutela, ya que existen vías legales formales para denunciar hechos que podrían constituir maltrato animal.
En consecuencia, ordenó eliminar todo el contenido publicado y dispuso que la recurrida se abstenga de realizar nuevas publicaciones de similar naturaleza.