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Disolver el Congreso y gobernar por decretos: polémico proyecto de ley de Gaspar Rivas amplía facultades del presidente
Foto: Agencia Uno

Disolver el Congreso y gobernar por decretos: polémico proyecto de ley de Gaspar Rivas amplía facultades del presidente

Por: Nicole Donoso | 18.12.2025
El polémico proyecto permitiría al Presidente asumir funciones legislativas durante un período de hasta 180 días tras la disolución del Congreso, gobernando mediante decretos con fuerza de ley en materias específicas contempladas en el artículo 63.

Un proyecto de reforma constitucional presentado por el diputado independiente Gaspar Rivas (exPDG), ha tensado el debate entre sus colegas ya que amplía las facultades del presidente permitiéndole disolver el Congreso y gobernar mediante decretos con fuerza de ley, en determinados escenarios.

La iniciativa permite al presidente una vez al año enviar una propuesta sobre temas de mayor relevancia a legislar. Sin embargo, si estos no son aprobados el mandatario podría disolver el Congreso Nacional.

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Estos temas deben abordar materias de seguridad pública, previsión social, empresas públicas o recursos naturales". indica el proyecto.

En ese sentido, se implementaría el “estado de justicia en el ordenamiento institucional, permitiendo al Presidente de la República disolver el Congreso Nacional en el caso que indica y disponiendo la derogación de pleno derecho de toda norma jurídica que contravenga la Constitución“.

Sin embargo, la iniciativa también obliga a la conformación de un nuevo Congreso, el que deberá ser elegido dentro de los primeros 80 días posterior a su disolución.

Durante ese periodo "el Presidente de la República ejercerá la función legislativa en las materias contempladas en el artículo 63 mediante decretos con fuerza de ley”.

Otras de las facultades que se le amplían y otorgan al presidente son "corregir un error ético o jurídico, solucionar un problema específico o dar respuesta a una necesidad social que se suscite en el país, cuando guarde relación a la función pública y al efecto en la vida de los particulares que puedan verse afectados”.

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