Atacameños de Toconao reciben primeros derechos de agua en Chile que no son para consumir sino para dejar en la naturaleza
Desde julio de este año comenzó a regir un nuevo derecho de agua en Chile: el derecho “in situ”, que no es para extraer el agua y usarla sino para que esta quede en el ecosisstema. La herramienta se puede usar para conservación ambiental o para proyectos de turismo sostenible y deporte en la naturaleza que necesitan que haya agua en la cuenca.
Ahora, comunidades atacameñas de Toconao se convirtieron en las primeras en obtener derechos de agua in situ en el país. Estos derechos son para conservar el agua en las vegas y bofedales de las vertientes Peñablanca y Piana y el estero Ecar.
Bofedales y vegas
Los bofedales y vegas son nacientes de agua que forman oasis verdes en medio del árido desierto altiplánico y sirven de refugio y bebedero para animales pastoreados por las comunidades atacameñas, como las alpacas y llamas.
Así, ayudan a sostener los modos de vida de estas comunidades. Estos espacios también sirven de hábitat para vegetación que tiene poco acceso a fuentes de agua y hierbas medicinales, así como para aves, vizcachas y vicuñas.
Los humedales y bofedales, además, cumplen un rol contra la crisis climática ya que son importantes sumideros de carbono y ayudan a regular la disponibilidad de agua y evitar inundaciones. Esto porque actúan como esponjas que absorben agua de las lluvias que ocurren durante el invierno altiplánico, y las liberan poco a poco durante la estación seca.
Nuevo derecho de agua
Para el abogado de la ONG FIMA, Antonio Pulgar, la reforma al Código de Aguas en 2022 “cambia la lógica de que todos los derechos de agua se constituyen para que se consuma el agua. Estos nuevos derechos in situ se van a poder constituir y están asociados al derecho humano al agua, que establece que los derechos de agua tienen una finalidad pública que incluye la sostenibilidad de los acuíferos”.
Para Pulgar, la constitución de estos derechos va a ser el gran desafío de la reforma del Código de Aguas, ya que serán las organizaciones de usuarios las que deberán ver cómo se respetan esos derechos in situ a la vez que se coordina con los grandes usuarios de agua como grandes regantes, minería y otros usos intensivos en las cuencas.
El abogado explica que este instrumento también abre la puerta a que el Estado tome un rol activo en las decisiones sobre gestión hídrica, pudiendo constituir derechos in situ en distintas cuencas.
Los derechos in situ también se van a poder constituir dentro de áreas protegidas y terrenos públicos o privados de zonas que alimenten vegas, bofedales o humedales declarados como ecosistemas prioritarios, degradados o amenazados por el Ministerio de Medio Ambiente.
Así, además de habilitar la permanencia del agua en el río para fines turísticos y recreativos que estén en armonía con lo que se quiere conservar en las áreas protegidas, estos derechos podrían ayudar a que las áreas protegidas como parques, reservas o santuarios tengan el flujo de agua necesario para asegurar su equilibrio ecológico en el tiempo.