Carabinero montó falso asalto en retén para robar armas avaluadas en $403 mil: Suprema ratifica condena de 7 años y un día
Alrededor de la 01:15 de la madrugada del 2 de marzo de 2020, en el retén Valle Hermoso de La Ligua, solo un carabinero estaba de guardia.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, esa noche un grupo de personas llegó hasta el cuartel para llevarse armas y municiones almacenadas en la sala de armamento.
El fallo describió que el funcionario no solo estaba a cargo de la vigilancia y las llaves del lugar, sino que además facilitó la entrada de los sujetos y les permitió cargar un bolso con las especies fiscales.
En el patio trasero, él y uno de los participantes fueron vistos mientras trasladaban el bolso hacia un vehículo policial.
La situación cambió cuando otro funcionario llegó al retén, lo que llevó a los desconocidos a huir con parte del botín.
Para completar el montaje, el grupo hizo rayados en las paredes simulando un ataque y, en paralelo, el carabinero realizó disparos hacia la vía pública con el fin de aparentar un enfrentamiento.
Más tarde, otros funcionarios encontraron el bolso cargado por el funcionario y su acompañante en el interior de un vehículo policial estacionado.
Finalmente, se constató que habían sido sustraídas una pistola Taurus, un revólver Taurus y 22 cartuchos de distintos calibres, especies avaluadas en alrededor de $403.000.
El caso llegó al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, que condenó al funcionario a penas efectivas de 4 años por malversación de efectos públicos y 3 años y un día por disparos injustificados.
La defensa, sin embargo, presentó un recurso de nulidad alegando que el tribunal había actuado sin imparcialidad, atribuyendo a una de las juezas comentarios previos al veredicto y un trato sesgado hacia ciertos testimonios.
La Segunda Sala de la Corte Suprema —integrada por las ministras María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo, el fiscal judicial Jorge Pizarro y los abogados integrantes Juan Carlos Ferrada y Andrea Ruiz— revisó el caso en fallo unánime.
El máximo tribunal sostuvo que la defensa no demostró que existiera un actuar parcial en el juicio, indicando que los episodios relatados eran “pasajes aislados” sin contexto y que correspondían a labores propias de conducción del debate.
Añadió que no se acreditó que el condenado hubiese sido impedido de ejercer sus derechos durante el juicio.
La Corte también subrayó que el resto de las alegaciones de la defensa se relacionaban con cuestionamientos a la fundamentación del fallo —como la valoración de la prueba o la credibilidad asignada a determinados testimonios—, materias que no forman parte de la causal de nulidad invocada.
Con ese análisis, la Suprema rechazó el recurso y dejó firmes tanto la condena como el juicio que la originó.