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CGE cobró boleta con alza de 7.740% por $1,35 millones y cortó la luz pese a orden de la SEC: Corte ordena reponer suministro
Agencia Uno

CGE cobró boleta con alza de 7.740% por $1,35 millones y cortó la luz pese a orden de la SEC: Corte ordena reponer suministro

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 28.11.2025
La Corte de San Miguel acogió el recurso contra CGE por mantener cobros que la SEC había ordenado eliminar y cortar el suministro basándose en esa deuda. Ordenó refacturar conforme a la resolución administrativa y reponer de inmediato la electricidad al domicilio afectado.

La historia parte en junio de 2024, cuando el consumo eléctrico de un domicilio en Puente Alto —cuyo promedio mensual era de poco más de $23.000 y sin deudas registradas— saltó abruptamente a cifras impensadas.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, en pocas semanas, la empresa CGE emitió cinco boletas consecutivas, entre ellas una por $1.359.700, lo que equivalía a un alza de más de 7.700% respecto de lo habitual.

El afectado comenzó a reclamar ante la empresa, luego ante el Sernac y finalmente ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Esta última, tras revisar los antecedentes, dictó el 13 de enero de 2025 una resolución que le dio la razón por completo: ordenó eliminar los montos cobrados por los consumos de junio de 2024 y prohibió a CGE volver a facturarlos, por no estar acreditados.

Pese a lo anterior, el usuario afirma que CGE redujo solo parte de los cargos, manteniendo sumas superiores al millón de pesos como “saldo anterior”.

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También sostiene que la empresa se negó a aceptar pagos parciales mientras persistía esa deuda inflada.

Finalmente, el 5 de junio de 2025, CGE cortó el suministro eléctrico de la vivienda, dejando al recurrente y a su familia sin servicio, lo que motivó la presentación del recurso de protección.

Según señaló, la empresa actuó en abierta desobediencia a la resolución de la SEC, vulneró su derecho de propiedad y aplicó un corte injustificado pese a que las deudas que se le exigían ya habían sido declaradas improcedentes.

Ante la Corte, CGE alegó que el conflicto era de naturaleza contractual y debía resolverse en un procedimiento ante el Juzgado de Policía Local, donde el propio usuario ya había demandado.

Sostuvo que los problemas de facturación se originaron porque la empresa no pudo acceder al medidor durante meses, lo que obligó a aplicar consumos promedios.

Afirmó además que sí cumplió la instrucción de la SEC y que emitió cinco notas de crédito en enero de 2025; que, aun así, subsistía un saldo real impago de $1.492.200 por consumos efectivamente leídos y no pagados; y que el corte de suministro obedeció únicamente a esa deuda.

La SEC, al ser requerida por la Corte, confirmó el fondo de la denuncia del usuario: señaló que había ordenado eliminar los cargos por consumos previos a julio de 2024 y que CGE no cumplió, pues continuó incorporándolos como “saldo anterior” en todas las boletas hasta junio de 2025.

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Añadió que no había justificación para cortar el suministro, ya que la deuda reclamada provenía precisamente de montos que la autoridad había declarado improcedentes.

La Corte de Apelaciones de San Miguel examinó los antecedentes y determinó que CGE actuó de forma arbitraria e ilegal al desconocer una orden vigente de la SEC y mantener cargos que debían eliminarse.

El tribunal destacó que la empresa, además, cortó un suministro esencial basándose en esa deuda irregular.

Esa actuación, señaló la Corte, afectó el derecho de propiedad del usuario —al exigir pagos indebidos— y amenazó su derecho a la integridad y a la vida familiar, al privarlo de un servicio básico indispensable.

Con todo ello, la Corte acogió el recurso y ordenó a CGE refacturar la deuda según lo instruido por la SEC y restablecer de inmediato el suministro eléctrico en el domicilio del recurrente.

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