La historia de la paciente que quedó sin gusto tras una extracción dental y logró que le pagaran $15 millones en juicio
Tras acudir a una consulta odontológica para la extracción de una pieza dental, una paciente terminó con una lesión en el nervio lingual que le provocó una pérdida permanente del sentido del gusto.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la intervención, realizada por un dentista con quien mantenía un contrato de prestación de servicios, derivó en molestias persistentes, limitaciones en su vida diaria y un largo proceso judicial para obtener reparación por el daño sufrido.
En primera instancia se acogió su demanda de indemnización por responsabilidad contractual, y luego la sentencia fue confirmada por la corte de alzada correspondiente, que estableció que la lesión estaba directamente vinculada al procedimiento practicado sin la diligencia necesaria.
El caso llegó finalmente a la Corte Suprema, luego de que el profesional intentara revertir el fallo mediante recursos de casación en la forma y en el fondo.
La Primera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, Mario Carroza Espinosa y las abogadas integrantes Fabiola Lathrop Gómez y Andrea Ruiz Rosas, revisó los antecedentes y determinó que el recurso formal carecía de los requisitos que exige la ley, declarándolo inadmisible.
Respecto del recurso de fondo, el tribunal señaló que el dentista construyó sus alegaciones sobre hechos distintos a los que habían quedado establecidos por los jueces del caso.
Según la sentencia impugnada, estaba acreditado que existió una prestación de servicios odontológicos que incluyó la extracción dental, que la paciente presenta secuelas permanentes por una lesión del nervio lingual y que esta lesión se relaciona causalmente con la actuación del demandado.
Esos hechos –indicó la Corte– son inamovibles mientras no se demuestre una infracción efectiva a las leyes que regulan la prueba, lo que no ocurrió en este caso.
El fallo también rechazó que se hubieran vulnerado normas probatorias, indicando que los jueces del mérito valoraron los antecedentes dentro de las facultades que la ley les entrega.
La Corte Suprema recalcó que no puede volver a ponderar la prueba, pues la casación no es una instancia para revisar la valoración que hacen los tribunales inferiores, especialmente cuando se trata de disposiciones que permiten la apreciación libre y razonada de testimonios y documentos.
Asimismo, aclaró que no hubo desconocimiento del valor de los instrumentos públicos o privados aportados por las partes, ni uso indebido de ellos.
Con esos fundamentos, el máximo tribunal concluyó que el libelo presentado por el profesional adolecía de “manifiesta falta de fundamento” y resolvió rechazarlo.
De este modo, quedó firme la condena al dentista, quien deberá pagar $15.000.000 por concepto de daño moral a la paciente que sufrió ageusia como consecuencia del procedimiento practicado.