Dependía de vecinos para entrar a su casa en condominio y no le informaban gastos comunes: Suprema exige habilitar ingreso
La propietaria de un lote dentro de un condominio comenzó a tener problemas cuando intentó regularizar eventuales deudas y pedir acceso al sistema que permite abrir el portón desde el celular.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la directiva del lugar nunca respondió sus solicitudes y, con el tiempo, directamente le restringió el ingreso autónomo, obligándola a depender de vecinos para entrar a su propio terreno.
También denunció que se le negó información básica sobre el estado de los gastos comunes, necesaria para ponerse al día y gestionar el uso de su propiedad.
Todo esto, dijo, la dejó en una situación de incertidumbre y vulnerabilidad frente a decisiones tomadas de manera unilateral por quienes administraban el acceso al condominio.
Al presentar un recurso de protección, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó su solicitud.
Sin embargo, al revisar los antecedentes, la Corte Suprema llegó a una conclusión distinta.
La Tercera Sala –integrada por Adelita Ravanales, Diego Simpértigue y Jorge Zepeda, junto a los abogados integrantes María Angélica Benavides y José Valdivia– observó que la actora acreditó ser dueña del lote, que su título es plenamente vigente y que no existe ninguna medida judicial que limite su dominio.
Además, constató, a partir del informe de Carabineros, que eran los propios integrantes de la directiva quienes controlaban la plataforma de acceso remoto y que, en la práctica, habían privado a la propietaria de usarla.
El máximo tribunal consideró que esta actuación era arbitraria e ilegal, porque impedía el ejercicio normal de las facultades esenciales del derecho de propiedad.
Según el fallo, restringir el ingreso sin fundamento y negar información relevante constituye una forma de autotutela que altera el orden jurídico y afecta directamente la garantía del artículo 19 N°24.
La Corte Suprema destacó que las facultades de usar y gozar del bien incluyen también la posibilidad de conocer el estado de las obligaciones vinculadas a él, como los gastos comunes.
Finalmente, el tribunal revocó la sentencia de la Corte de La Serena y acogió el recurso.
Ordenó que, dentro de cinco días desde la notificación, la directiva otorgue a la propietaria acceso al sistema que permite la apertura remota del portón y entregue un documento con el estado actual de los gastos comunes asociados al lote.