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Arrendataria hizo reparaciones en casa y dueña negó haberlas autorizado: Suprema confirmó que deberá pagarle $14,7 millones
Agencia Uno

Arrendataria hizo reparaciones en casa y dueña negó haberlas autorizado: Suprema confirmó que deberá pagarle $14,7 millones

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 19.11.2025
La Corte Suprema confirmó que la dueña de una parcela en Pucón debe pagar $14.717.676 a su exarrendataria por reparaciones realizadas con su aprobación. El tribunal rechazó el recurso de casación al no denunciar las normas aplicables ni acreditar error en los hechos fijados.

Tras varios años de arriendo verbal, la vivienda ubicada en una parcela de Pucón comenzó a deteriorarse.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la arrendataria informó a la dueña que el techo y la terraza requerían reparaciones urgentes.

Según los correos incorporados al juicio, ella propuso asumir los costos —estimados primero en $15 millones— a cambio de descontarlos de futuras rentas.

La propietaria respondió “súper”, lo que los tribunales interpretaron como una aceptación expresa.

Las obras finalmente costaron $19.717.676, pagadas en su totalidad por la arrendataria entre noviembre de 2021 y marzo de 2022, y cuya compensación se haría efectiva a partir del no pago de arriendo desde noviembre de 2021.

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Sin embargo, en agosto de 2022 la dueña vendió la propiedad a un tercero, lo que terminó abruptamente con el contrato de arriendo.

Para la arrendataria, esto significó que no podría recuperar, vía compensación, la totalidad del dinero desembolsado en las reparaciones.

Calculó que solo alcanzó a descontar $5 millones antes de la venta, quedando un saldo impago de $14.717.676.

Por ello demandó indemnización por responsabilidad contractual, argumentando que la venta del inmueble —hecho atribuible a la arrendadora— le causó un perjuicio directo al impedir completar la compensación pactada.

El 30° Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda, determinando que sí existió un acuerdo válido y que los mensajes, correos y comprobantes de pago acreditaban tanto la aceptación de la propietaria como la ejecución de las obras.

La Corte de Apelaciones confirmó el fallo en lo esencial, destacando que la expresión “súper” es, en el uso cotidiano, una forma clara de aprobación y que la conducta posterior de la arrendadora era coherente con ese acuerdo.

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La defensa de la propietaria llevó el caso a la Corte Suprema, alegando falta de prueba sobre la existencia del acuerdo y de las reparaciones, además de errores en la valoración de los antecedentes.

Pero la Primera Sala, integrada por los ministros Arturo Prado y Mario Carroza, el fiscal judicial Jorge Pizarro y los abogados Raúl Fuentes y Carlos Urquieta, concluyó que el recurso no denunciaba las normas legales relevantes, lo que lo hacía inadmisible.

El fallo también señaló que la defensa intentaba reconfigurar los hechos ya establecidos por los jueces de instancia, lo que no es revisable en casación si no se acusa correctamente una vulneración a las reglas de prueba.

Con ello, el máximo tribunal mantuvo la obligación de la propietaria de pagar $14.717.676, más reajustes e intereses, por el saldo de las reparaciones realizadas con su consentimiento y que no alcanzaron a ser compensadas antes de que vendiera la vivienda.

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