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Por cambiar de pista sin precaución y causar choque deberá pagar $2 millones a otro conductor: Quedó todo grabado por víctima
Agencia Uno

Por cambiar de pista sin precaución y causar choque deberá pagar $2 millones a otro conductor: Quedó todo grabado por víctima

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 03.11.2025
La Corte de Santiago revocó el fallo del Juzgado de Policía Local de Recoleta y ordenó indemnizar a un conductor afectado por un choque en Costanera Norte, al establecer que el accidente fue causado por un cambio de pista imprudente y falta de precaución en la maniobra.

Un accidente en la autopista Costanera Norte, en la comuna de Las Condes, terminó en una disputa judicial entre dos conductores tras un choque ocurrido la noche del 8 de septiembre de 2023.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, cerca de las 23:10 horas, uno de los vehículos impactó con su parte delantera derecha la zona trasera del otro, generando daños materiales y un conflicto sobre la responsabilidad del hecho.

Aunque ambos coincidieron en el horario y lugar, diferían sobre la pista en que ocurrió el impacto, lo que llevó el caso hasta la Corte de Apelaciones de Santiago.

El análisis de la evidencia —declaraciones de los conductores, fotografías y un video de ocho segundos captado por una cámara a bordo— permitió a la Corte reconstruir la dinámica del siniestro.

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Según se acreditó, uno de los vehículos ingresó a la autopista por la primera pista y, al intentar cambiar a la segunda a baja velocidad, fue colisionado por otro automóvil que circulaba correctamente por esa vía.

El tribunal determinó que el accidente se produjo por una maniobra de cambio de pista realizada sin las precauciones necesarias.

La Quinta Sala del tribunal de alzada señaló que, conforme a los artículos 108 y 125 de la Ley de Tránsito, el cambio de pista debe hacerse atento a las condiciones del tránsito y con el espacio suficiente para no invadir la trayectoria de otro vehículo.

En el fallo se precisó que “el cambio de pista de cualquier vehículo debe hacerse atento a las condiciones de tránsito, efectuando las señalizaciones correspondientes y con la anticipación y espacio suficiente, de modo que no se invada la pista de otro vehículo, lo que no ocurrió en este caso”.

El tribunal concluyó que la colisión fue causada por conducción negligente y que el vehículo responsable invadió la pista contraria, infringiendo las normas de tránsito y la presunción de responsabilidad establecida en el artículo 172 de la misma ley.

En consecuencia, revocó la resolución dictada por el Juzgado de Policía Local de Recoleta, que había rechazado la querella y la demanda civil, acogiendo ambas acciones.

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En cuanto a los daños, la Corte tuvo a la vista un presupuesto de reparación emitido en enero de 2024, que detalló afectaciones en el motor, caja de cambios y carrocería del vehículo impactado.

Si bien el conductor demandante había solicitado $3.100.000 por daño emergente, el tribunal fijó el monto en $2.000.000, considerando el año de fabricación del automóvil.

Además, se acreditó un daño moral mediante un informe psicológico que constató el impacto emocional del accidente, fijando una indemnización adicional de $500.000.

Por todo lo anterior, la Corte de Santiago ordenó al conductor responsable pagar una multa de 0,5 UTM a beneficio fiscal, además de $2.000.000 por daño emergente y $500.000 por daño moral, con reajuste de la primera suma según la variación del Índice de Precios al Consumidor.

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