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Corte de Coyhaique ordena reingreso de Mauricio Ortega, agresor de Nabila Rifo, a la cárcel tras reclamo del SernamEG
Foto: Agencia Uno

Corte de Coyhaique ordena reingreso de Mauricio Ortega, agresor de Nabila Rifo, a la cárcel tras reclamo del SernamEG

Por: Nicole Donoso | 22.10.2025
El tribunal determinó que la libertad condicional del agresor de Nabila Rifo fue otorgada sin que se garantizara adecuadamente el derecho de la víctima a ser notificada y oída. Mientras se reevalúa el caso, Ortega deberá volver a prisión.

En un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de amparo presentado por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) y ordenó el reingreso inmediato a la cárcel de Mauricio Ortega, condenado en 2017 a 18 años de presidio por el brutal ataque que dejó ciega a su expareja, Nabila Rifo.

La resolución revoca el beneficio de libertad condicional que había sido otorgado a Ortega el pasado 7 de octubre por la Comisión de Libertad Condicional de la Región de Aysén.

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El tribunal determinó que el procedimiento careció de una notificación efectiva a la víctima, lo que vulneró su derecho a participar en el proceso.

Según la Corte, el recurso del SernamEG se fundamentó principalmente en “la falta de notificación efectiva a la víctima”, lo que impidió que Rifo pudiera “ejercer su derecho a ser oída en el procedimiento”.

A pesar de que la comisión y el Juzgado de Garantía de Coyhaique consideraron que la notificación se había realizado adecuadamente —enviada al último domicilio registrado y al correo electrónico de su apoderada— el tribunal de alzada consideró que esas acciones fueron insuficientes.

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“La situación que nos convoca en el presente recurso no es la simple adecuación de una actuación defectuosa -notificación mal practicada-, sino que la de vulneración de un derecho fundamental, ser oído, que termina por amenazar la seguridad individual”, señala el fallo.

La Corte también reprochó al organismo público encargado del proceso por no haber garantizado “las condiciones de acceso efectivo a la justicia de la amparada”, considerando además “su especial condición de discapacidad”, lo cual —sostiene el tribunal— demandaba un estándar superior de exigencia en la comunicación.

A raíz de esta resolución, la Comisión de Libertad Condicional deberá volver a sesionar, esta vez asegurando que la víctima sea debidamente notificada y tenga la oportunidad de participar en el procedimiento, conforme a lo establecido por ley. Mientras tanto, Ortega permanecerá privado de libertad en el Centro Penitenciario de Puerto Aysén.

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