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Le cortaron el agua a un adulto mayor de 84 años por una disputa familiar: Corte ordenó reponer el servicio en 24 horas
Agencia Uno

Le cortaron el agua a un adulto mayor de 84 años por una disputa familiar: Corte ordenó reponer el servicio en 24 horas

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 14.10.2025
La Corte de Valdivia acogió el recurso de protección de un adulto mayor de 84 años y ordenó restituirle el suministro de agua potable en su vivienda de Paillaco, cortado por sus copropietarios sin autorización. El tribunal calificó el acto como “autotutela prohibida”.

En agosto de 2025, un adulto mayor de 84 años, pensionado y residente en la comuna de Paillaco, vio interrumpido el suministro de agua potable en su vivienda por decisión unilateral de sus copropietarios.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el corte, ocurrido el 21 de agosto, lo dejó sin acceso a un servicio básico en la cabaña que él mismo había construido dentro del terreno compartido, lo que motivó la presentación de un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Valdivia.

En su escrito, el afectado denunció que los copropietarios habían actuado de manera ilegal y arbitraria al cortar el agua sin autorización judicial, vulnerando su derecho de propiedad y su derecho a la vida al privarlo de un elemento esencial.

Solicitó al tribunal ordenar la reposición inmediata del suministro.

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La recurrida reconoció haber efectuado el corte, aunque alegó que fue por un “breve tiempo” y que el servicio habría sido restituido el mismo día, presentando una fotografía y un video para acreditarlo.

Sin embargo, la Corte consideró que esas pruebas no permitían comprobar de forma certera que el suministro efectivamente había sido restablecido, ya que las imágenes solo mostraban un medidor de agua sin vinculación clara con la vivienda del afectado.

El tribunal señaló que el acto de suspender el servicio constituía una forma de “autotutela prohibida”, es decir, un intento de resolver un conflicto privado sin acudir a las vías judiciales establecidas.

En su resolución, los ministros advirtieron que la recurrida “no contaba con facultades legales ni de administración para proceder al corte del suministro de agua potable”, y que su actuar vulneró tanto el derecho de propiedad del recurrente como su derecho a un procedimiento racional y justo para resolver diferencias entre copropietarios.

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Por estas razones, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección, ordenando a los recurridos restituir en forma inmediata el servicio de agua potable a la vivienda del afectado “tal como se producía con anterioridad al acto”, debiendo cumplir la orden en un plazo máximo de 24 horas desde que la sentencia quede firme.

Además, el tribunal instruyó a Carabineros de Paillaco para que, dentro del mismo plazo, constate en terreno la reposición efectiva del suministro y remita un informe sobre el cumplimiento de la medida.

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