Un reciente fallo del Segundo Tribunal Ambiental acogió el recurso de Imperial SpA y dejó sin efecto una millonaria multa en su contra, luego de que la minera fuera acusada de extraer áridos sin el permiso ambiental correspondiente exponiendo además a los estudiantes de un colegio colindante a severos riesgos de enfermedades pulmonares.
La empresa había sido sancionada en enero de 2025 por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), dictando el pago de una multa de 1.033 Unidades Tributarias Anuales (UTA) —cerca de $875 millones—, luego de que autoriadad constatara que la minera ejecutó las obras sin su Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
La SMA atribuyó a la empresa la remoción de más de 100.000 metros cúbicos de material en un pozo lastrero del fundo La Rinconada de Lo Espejo
No conforme con la sanción, en febrero de ese mismo año la empresa presentó una reclamación ante el Segundo Tribunal Ambiental para anular lo resuelto por la SMA.
¿Por qué se anuló la sentencia a la minera Imperial SpA?
La magistratura especializada concluyó que el acto administrativo de la SMA presentó serias deficiencias metodológicas y conceptuales.
Entre los argumentos centrales vertidos en el fallo, se concluyó que la SMA realizó una lectura errada del artículo 13 del Código de Minería al analizar las características intrínsecas de las sustancias concesibles.
Al respecto, el fallo sostiene: “En efecto, siendo la pumicita [material respecto del cual la empresa es titular de concesión minera] un mineral silíceo aluminoso de origen volcánico, como tal es una sustancia mineral concesible, susceptible de constituir respecto a ella pertenencia minera, y, por tanto, se encuentra sujeta al régimen del Código de Minería”.
Asimismo, el tribunal hizo hincapié en que el ente regulador no aportó evidencias concluyentes respecto a que los volúmenes explotados correspondieran taxativamente a áridos industriales bajo la tipología imputada en la formulación de cargos.
Existiendo dos informes técnicos elaborados por Sernageomin en 2005 y 2011 con conclusiones dispares sobre la composición del yacimiento, la autoridad ambiental omitió justificar técnicamente por qué le otorgó mayor prevalencia a uno sobre otro.
“Lo anterior, ya que, existiendo antecedentes técnicos contradictorios, las diligencias practicadas no proporcionaron evidencia suficiente, actualizada, representativa y pertinente para determinar que el material extraído corresponda efectivamente a áridos, pudiendo haber realizado otras diligencias adicionales como aquellas mencionadas a modo de ejemplo en la presente sentencia, orientadas a establecer la naturaleza y composición del material efectivamente explotado por Minera Imperial SpA”.
Estudiantes se exponen a silicosis
La minera Imperial SpA opera desde 2001 en el sector de Rinconada de Maipú, colindante a la Villa El Maitén y pared con pared con el Liceo Reino de Dinamarca.
La alerta vecinal se encendió cuando dos informes de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) revelaron valores nocivos de concentración de cuarzo en noviembre de 2022 y en marzo de 2023, a través de un análisis a muestras sólidas extraídas del patio del colegio.
Ambos estudios asocian la presencia de este material con silicosis, una enfermedad pulmonar fibrótica e incurable causada por la inhalación de polvo de sílice cristalina, que podría ocasionar discapacidad permanente.
Uno de los episodios más polémicos ocurrió cuando en 2023 cerca de 600 estudiantes no pudieron iniciar su año escolar debido a que fueron afectados por cuadros respiratorios.
De acuerdo con un reportaje de Ciper, para ese periodo la empresa tampoco contaba con el permiso municipal correspondiente ni tampoco las faenas fueron sometidas al debido proceso en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).