
Funcionarios municipales desviaron fondos públicos por más de $183 millones: Condenados a pagar el doble del dinero sustraído
Entre 2014 y 2016, dos funcionarios de la Municipalidad de Alto Hospicio desviaron fondos públicos a través de un mecanismo de falsas remuneraciones.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique los condenó a 853 días de presidio efectivo como coautores del delito continuado de malversación de caudales públicos.
Además, deberán pagar una multa equivalente al doble del monto sustraído y quedarán suspendidos de ejercer cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena.
El fallo, dictado por los magistrados Francisco Fuenzalida Jeldes (presidente), Juan Pozo Araya y Raúl Baldomino Díaz (redactor), estableció que los acusados provocaron un perjuicio fiscal de $183.290.000.
En el ámbito civil, se acogió la demanda presentada por el Consejo de Defensa del Estado, ordenando que los condenados restituyan solidariamente la suma de $183 millones por concepto de daño emergente.
Según se acreditó en la causa, la municipalidad había suscrito en 2008 un contrato con el Banco de Crédito e Inversiones para el manejo de sus cuentas y el pago de remuneraciones mediante cuentas “primas” o “vista” a nombre de sus trabajadores.
Aprovechando este sistema, los funcionarios idearon una fórmula para transferir dinero desde las cuentas fiscales a cuentas de extrabajadores que ya no prestaban servicios, simulando pagos de sueldos.
El dinero era luego retirado en cajeros automáticos con las tarjetas bancarias que ellos mantenían en su poder.
Las operaciones, realizadas 118 veces entre mayo de 2014 y abril de 2016, carecían de decretos alcaldicios y eran autorizadas a través del portal del banco con una única clave de acceso.
La defraudación se descubrió tras la denuncia de un extrabajador, lo que permitió una investigación interna y posterior persecución penal.
Durante la indagatoria también se comprobó que una exfuncionaria participó en el retiro de $1.260.000, pero el tribunal la absolvió al determinar que su intervención ocurrió después de consumado el delito, sin haber participado en la sustracción de fondos.
Asimismo, uno de los acusados fue absuelto del delito de lavado de activos por falta de pruebas, al no acreditarse operaciones destinadas a ocultar el origen ilícito del dinero.